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19/03/2024. 11:19:52

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Órganos empresariales con funciones de vigilancia, compliance y responsables de canales de denuncias

Profesor de Compliance Penal y Seguridad Internacional de la Universidad Loyola. Codirector del Compliance Advisory LAB.

Cuestiones jurídico-penales clave: risk shifting, omisión impropia, imputación penal top down y nuevo Sistema Interno de Información

En determinados ámbitos se habla del compliance officer como si se tratara de una figura unívoca que ejerce funciones similares en cualquier organización. Sin embargo, la realidad se muestra muchísimo más diversa y compleja (fruto de un evidente proceso de maduración y especialización). Por ello, la diversidad funcional de los órganos de compliance debe, necesariamente, ser tenida en cuenta a la hora de analizar escenarios de riesgo, el risk shifting o el criterio de imputación penal Top-Down.

Con la finalidad de que este report sirva como guía útil, se exponen determinadas cuestiones jurídico-penales clave desde un enfoque sistemático. En el análisis, se avanza desde los sujetos con funciones supervisoras primigenias (socios/administradores) hasta los órganos específicos de compliance, prestando una especial atención a las concretas funciones asignadas. Al estudio se incorpora la nueva figura del responsable del Sistema Interno de Información (que toda organización del sector privado con más de 49 trabajadores que opere en España debe asumir conforme a la Ley 2/2023).

Asimismo, se subraya la pertinencia de que los profesionales del compliance dispongan de mecanismos que les doten del mayor blindaje posible y les permitan desarrollar las loables funciones que desempeñan con la sensación de confort que, sin duda, merecen.

El report se estructura del siguiente modo:

1) Supervisión por socios, posición de garante del órgano de administración, imputación penal top down y omisión impropia

2) Supervisión delegada de compliance officers, mecanismo de delegación, precisión funcional y sistema interno de información

 A) Exigencias del mecanismo de delegación

 B) Análisis por funciones:

• COMPLIANCE OFFICER RESPONSABLE DEL CANAL DE DENUNCIAS DEL SISTEMA DE COMPLIANCE

•  COMPLIANCE OFFICER RESPONSABLE DE LAS INVESTIGACIONES INTERNAS

• COMPLIANCE OFFICER RESPONSABLE DE LA MONITORIZACIÓN DEL SISTEMA DE COMPLIANCE

• RESPONSABLE DEL NUEVO SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

Se puede acceder íntegramente a este nuevo informe del Compliance Advisory LAB a través del siguiente enlace: https://www.grantthornton.es/perspectivas/compliance-penal/organos-empresariales-con-funciones-de-supervision/

El report ha sido elaborado por el abogado experto en Compliance y doctor en la materia, Rafael Aguilera Gordillo, quien codirige junto al socio responsable de Forensic de dicha firma, Fernando Lacasa el Compliance Advisory LAB. La actividad de este laboratorio esta focalizada en la investigación sobre compliance, responsabilidad penal de empresas y forensic.

El autor del report, Rafael Aguilera, es academic visitor de la Universidad de Oxford, miembro académico de la Anti-Corruption Academic Initiative de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), director del Diploma de Especialización en Compliance de la Universidad Loyola, profesor de Compliance Penal y doctor en la materia. Ha sido research associate del College of Law de la Florida International University (Miami).  Aguilera ha intervenido en calidad de experto invitado en foros tan prestigiosos como la Cumbre de Alto Nivel sobre Educación y Estado de Derecho de Naciones Unidas –donde fue participante de la sesión «Crime Prevention and Criminal Justice»– o el XIV Congreso Internacional de Naciones Unidas sobre Prevención del Crimen y Justicia Penal (el más importante de este campo a escala mundial). Asimismo, ha sido delegado del CSLS de la Universidad de Oxford en el Congreso de la Internacional Network for Delivery Regulation (INDR) sobre modelos regulatorios, compliance y regulación ética y fue componente de la dirección académica del I Congreso Internacional ICT Derecho y Criminología en la Nueva Era Digital.

Es miembro del cuerpo docente de distintos posgrados sobre Penal Económico y Compliance, como el curso profesionalizante de Compliance Officer de la Universidad de Deusto o el diploma de alta especialización en Derecho Penal Económico de la Universidad Complutense de Madrid. Asimismo, participa en la organización académica posgrado internacional para LatAm sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y Forensic en Marcos Internacionales de la Universidad de Valladolid en cooperación con varias universidades latinoamericanas.

Rafael Aguilera fue uno de los primeros doctores de España en realizar una investigación que comprendía tanto el análisis régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas y requisitos jurídico-penales de los modelos de prevención de delitos como un examen sobre la fundamentación analítica de este tipo de responsabilidad (proponiendo una profunda actualización de las bases sociojurídicas del conocido como delito corporativo), que es pionero por la utilización del «nuevo institucionalismo», la «teoría de juegos» y la modelización para el estudio del riesgo penal, el diseño de los sistemas de compliance y el esclarecimiento de la atribución o traslado de la responsabilidad criminal corporativa. Es socio de la American Law and Economics Association (ALEA), evaluador de revistas jurídicas de prestigio científico, autor de varias monografías y de un amplio elenco de artículos especializados publicados en revistas académicas españolas y de Latinoamerica. Entre sus trabajos, pueden destacarse el Manual de Compliance Penal en España (2º Edición, Aranzadi) o Compliances y responsabilidad criminal corporativa.

Entre otros títulos, posee el Máster en Derecho Penal de la Universidad de Sevilla e Instituto Interuniversitario de Criminología, el Máster de Derecho Público de la Universidad de Córdoba, el diploma de Especialización para Abogados de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Córdoba y el certificado de aptitud profesional para el ejercicio de la abogacía (CAP) del Consejo General de la Abogacía Española. Igualmente, detenta el título de «perito experto en Compliance», la certificación de Compliance CESCOM® y la acreditación de Internationally Certified Compliance Professional de la Federación Internacional de Asociaciones de Compliance.

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