- La Diputación Foral de Álava y el abogado del condenado recurren la sentencia de 27 años de cárcel que impuso la Audiencia de Álava
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) celebrará el 29 de septiembre la vista en la que se verán los recursos interpuestos por la Diputación de Álava (Consejo del Menor) y el condenado a 27 años de cárcel por la Audiencia Provincial de Álava por el asesinato, a manos de su marido, de Maialen Mazón el 27 de mayo de 2023 en Vitoria-Gasteiz, cuando estaba embarazada de mellizas.
Según ha informado el TSJPV, la vista tendrá lugar el próximo 29 de septiembre, a las 10.30 horas, en el Palacio de Justicia de Bilbao, después de que el abogado del inculpado, J.R., haya apelado al TSJPV, basándose en la posible existencia de un trastorno psiquiátrico en el acusado, un extremo que fue rechazado por los peritos forenses durante el juicio.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Álava ha sido también recurrida por la Diputación Foral de Álava, Consejo del Menor, que es quien vela por los intereses de la hija de Maialen. La Fiscalía, la acusación particular (padre de la víctima) y la Asociación Clara Campoamor (acusación popular) se han adherido al recurso interpuesto por la institución foral.
El Consejo del Menor sostiene que no fue correctamente valorado en la sentencia el abandono de la hija de Maialen en las horas posteriores al asesinato de su madre y el riesgo que sufrió. Las acusaciones y la propia Fiscalía pidieron cuatro años de cárcel por este hecho, pero la Audiencia Provincial de Álava dictó solo dos años.
27 años de prisión
El condenado, pareja de Maialen Mazón, asesinada en Vitoria-Gasteiz el 27 de mayo de 2023 cuando estaba embarazada de mellizas, fue condenado a 27 años de cárcel por la Audiencia Provincial de Álava como autor de un delito de asesinato con alevosía, dos delitos de aborto y un delito de abandono de menor, ya que dejó a su hija de dos años durante horas en la habitación donde se encontraba el cadáver de la madre.
La magistrada presidenta del Tribunal del Jurado que juzgó estos hechos en la Audiencia de Álava dictó la sentencia de acuerdo con el veredicto del jurado popular, que consideró al procesado, pareja de la víctima y padre de las mellizas que esperaba, culpable de estos delitos.
El jurado declaró probada la existencia de alevosía en la actuación del varón y reconoció la agravante de parentesco, pero rechazó la existencia del ensañamiento, así como la agravante de género, las eximentes completa e incompleta que pedía la defensa por alteración psíquica o trastorno mental transitorio y la atenuante por consumo de alcohol.
Tras ese veredicto, la magistrada presidenta del Tribunal del Jurado condenó al varón como autor de un delito de asesinato con alevosía en concurso con dos delitos de aborto, con la agravante de parentesco, y le impuso una pena de 25 años de prisión.
Además, le impuso dos años de cárcel como autor de un delito de abandono de menor y le privó de la patria potestad de su hija. La magistrada fijó otras penas de libertad vigilada y de prohibición de aproximación y comunicación con su hija y el padre de la víctima, estableció que indemnice a la primera con 400.000 euros y al segundo con 200.000 euros, por los daños morales causados.

