- Las implicaciones legales de la normativa reguladora de las VTCs han trascendido del plano meramente jurídico
- Queda por ver si las Comunidades Autónomas competentes para otorgar las citadas autorizaciones adoptarán la responsabilidad de dar una solución jurídica lógica y razonable para el sector
El conflicto judicial existente entre el sector de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, o VTCs, y el extinto Ministerio de Fomento no ha llegado a su fin. Más bien lo contrario; se ha producido una involución fruto de la resolución de cientos de procedimientos contencioso-administrativos, consecuencia de la acumulación de recursos contencioso-administrativos presentados contra las resoluciones administrativas de más de 12.000 solicitudes de indemnización complementaria, que se tramitan en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Como ya es conocido, las implicaciones legales de la normativa reguladora de las VTCs han trascendido del plano meramente jurídico, para ser, desde hace años, una cuestión económica y de conflicto social.
Precisamente, con la publicación del Real Decreto-ley 13/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, el Gobierno pretendió solventar supuestas disfuncionalidades del mercado tratando de compatibilizar las condiciones del ejercicio de la actividad de las VTCs con la regulación aplicable al transporte urbano por medio de taxi.
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