
Cada vez es más frecuente ver como ciudadanos graban de forma continua sus trayectos en bicicleta, coche, etc., mediante la colocación de cámaras de video en el casco, manillar, salpicadero, etc., captando imágenes de terceras personas, matrículas de vehículos, etc. ¿Constituyen estos hechos algún tipo de infracción?. En caso afirmativo, ¿a qué norma?, ¿procedería la intervención de la cámara o del soporte donde se graben las imágenes?
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