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Sorteos promocionales en Facebook

José María Baños

Actualmente Socio Responsable del Departamento de Nuevas Tecnologías y Propiedad Intelectual de LeQuid

El 1 de diciembre de 2010 Facebook ha publicado la nueva normativa que se deberá tener en cuenta para futuros sorteos que se desarrollen en Facebook

Unas manos en un teclado.

Conforme a las últimas estadísticas,  más de la mitad de los usuarios de Internet participan frecuentemente en sorteos organizados online y cada vez con mayor frecuencia, las empresas aprovechan el potencial de las redes sociales y más concretamente de Facebook para promocionar sus productos o servicios entre una comunidad de usuarios.

Hasta ahora las empresas abrían una página en Facebook que se utilizaba como plataforma para el sorteo, publicaban unas bases legales y daban a conocer a los ganadores directamente a través de Facebook.

Sin embargo, desde el 1 de diciembre de 2010, las reglas de Facebook han cambiado (puedes encontrarles en este enlace http://www.facebook.com/promotions_guidelines.php) y las empresas que deseen realizar sorteos promocionales en Facebook deberán tener en cuenta, además de los requisitos administrativos de comunicación previa y/o autorización de Loterías y Apuestas del Estado, que:

  • No se puede administrar una promoción a través de Facebook, sino mediante una aplicación en la plataforma de Facebook.
  • Sólo se permitirá que los usuarios participen en la promoción en (i) la página principal de la aplicación, (ii) en el espacio de la aplicación de una pestaña de una página de Facebook.
  • Se deberá informar a los participantes de la desvinculación de Facebook en el sorteo promocional y con respecto a los participantes.
  • Puede solicitarse a un participante que haga clic en "Me gusta" en una página, indique que se encuentra en un lugar de Facebook o se conecte a una integración con la plataforma antes de facilitar toda su información para participar en una promoción.  Sin embargo, la participación en la promoción no deberá estar supeditada a la realización de otras acciones en Facebook: por ejemplo, hacer clic en "Me gusta" en una foto o actualización de estado, publicar comentarios en un muro o cargar una foto.
  • La comunicación de una promoción en Facebook o la administración de la misma está prohibida si (i) la promoción se ofrece a menores de 18 años, (ii) la promoción está abierta a individuos residentes en un país que se encuentra bajo el embargo de Estados Unidos (cuanto menos curiosa esta prohibición) (iii) la promoción, si se trata de un sorteo, está abierta a usuarios residentes en Bélgica, Noruega, Suecia o la India, (iv) el objetivo de la promoción es promover juegos, tabaco, armas de fuego, medicamentos con receta médica o gasolina o si el premio o parte de él incluye alcohol, tabaco, lácteos, armas de fuego o medicamentos con receta médica, (v) la promoción es un sorteo cuya participación está sujeta a la compra de un producto, la realización de una tarea prolongada u otro tipo de condición.

Las propias Normas sobre promociones establecen ejemplos que resumimos a continuación:

  • No se puede condicionar la participación en la promoción a que los usuarios aporten contenido en Facebook pero sí se puede utilizar una aplicación de terceros para condicionar la participación en la promoción a que un usuario aporte contenido en la aplicación de un tercero ajeno a Facebook.
  • No se puede administrar una promoción en la que los usuarios participen automáticamente al hacer clic en "Me gusta" en una página, al indicar que se encuentran en un lugar o al conectarse a una integración con la plataforma, pero sí se puede solicitar a los participantes que hagan clic en "Me gusta" en una página, indiquen que se encuentran en un lugar o se conecten a una integración con la plataforma antes de facilitar toda su información, como su nombre o sus datos de contacto
  • No se puede notificar a los ganadores a través de Facebook. Ojo con esto, ya que a partir de ahora será necesario recabar datos personales de los participantes para poder notificar al ganador y siempre a través de la aplicación de un tercero.
  • Tampoco se puede obligar a los usuarios a que creen una cuenta de Facebook para participar en la promoción paro sí a que visiten la aplicación de terceros para participar en la promoción y puesto que los usuarios deben disponer de una cuenta de Facebook para acceder a una aplicación de la plataforma de Facebook, al dar esta instrucción, se solicitará a los usuarios que creen una cuenta de Facebook si no disponen de una.

Por último mencionar que cada vez con mayor frecuencia se están produciendo fraudes en las votaciones, ya que se realizan votaciones masivas desde una misma IP o bien a través de perfiles falsos creados por una misma persona. Por tanto, habrá que tener en cuanta esta circunstancia en las bases legales para futuros sorteos y sobre todo, para sorteos en Facebook.

En caso de que desee ampliar estas notas o requiera nuestra colaboración para conocer el impacto específico en su actividad, no dude en contactarnos:

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