LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

20/04/2024. 06:16:12

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Plan de retorno al centro de trabajo: adaptarse o…

El 13 de marzo de 2020 el Presidente del Gobierno anunciaba, mediante declaración institucional, que el Consejo de Ministros habría de reunirse al día siguiente para declarar el estado de alarma en todo el país, durante un máximo (quién lo diría) de 15 días. Aturdidos, e inconscientes de la magnitud del momento que se empezaba a vivir, millones de españoles comenzaron ese día un histórico proceso de confinamiento.

Trabajadores

Ahora, más de dos meses después, paralelamente a la desescalada del estado de alarma, se plantea el desafío de la reactivación de la actividad y retorno de los empleados al centro de trabajo, que pone en jaque la garantía de la salud laboral y está obligando a las empresas a articular urgentemente un plan de retorno a los espacios de trabajo.

En este artículo te contamos qué es un plan de retorno al centro de trabajo, qué incluye y por qué es una herramienta fundamental para adaptarse al contexto post COVID-19.

Un retorno controlado

Aquellas empresas que han suspendido su actividad en el centro de trabajo, bien por la aplicación de un expediente de regulación temporal de empleo, o bien por la implantación de métodos de trabajo a distancia, deben asegurar un retorno a los espacios de trabajo controlado, que en todo caso garantice la salud de los empleados en los términos del artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

En este sentido, el plan de retorno al centro de trabajo es una organización de recursos materiales y humanos, destinada a asegurar el regreso a la plena actividad productiva de la compañía de forma segura. Así, debe contener medidas de prevención de propagación del virus, así como articular un protocolo de actuación frente a los posibles casos de contagio.

En el marco de la prevención de propagación del virus, es esencial la adopción de medidas de organización de los recursos humanos y protección colectiva. No en vano, el compendio de buenas prácticas en los centros de trabajo frente al COVID-19 publicado por el Ministerio de Sanidad, establece que las tareas y procesos laborales deben planificarse para que los trabajadores puedan mantener la distancia interpersonal de aproximadamente 2 metros. De esta forma, el trabajo debe organizarse de tal forma que se eviten los riesgos innecesarios y se minimicen los inevitables, conforme a los principios de acción preventiva del artículo 15 de la antes mencionada Ley 31/1995.

La minimización de riesgos, y esto se encuadra también en el marco de la prevención, pasa por adoptar medidas de protección individual de los trabajadores, que contemplen el uso correcto de EPI´s (protección respiratoria, guantes, protección ocular y facial, etc.) y la implantación de procedimientos adecuados de higienización.

Por otra parte, la articulación de un marco de actuación adecuado frente a los casos de positivo en COVID-19 pasa por establecer un protocolo claro y accesible para todos los empleados de la empresa. En este sentido, el mismo compendio de buenas prácticas promulgado por el Ministerio de Sanidad, conmina al establecimiento de un sistema de clasificación de casos, que diferencie entre sospechosos y confirmados, obligando en estos últimos al aislamiento domiciliario del afectado y las personas que hayan entrado en contacto directo con el mismo, hasta la comprobación mediante diagnóstico PCR (en ningún caso test rápido).

Respuesta jurídica

Es normal que durante el proceso de regreso a los espacios de trabajo surjan dudas legales acerca del procedimiento y las medidas para garantizar la salud de los trabajadores. La posibilidad de adoptar test masivos obligatorios para los trabajadores (posibilidad legal en la medida en que lo prescriba un facultativo, de acuerdo con la Orden SND/344/2020, de 13 de abril), la negativa del trabajador a reincorporarse al centro de trabajo (cuestión que en principio puede conducir al despido disciplinario, según la reciente STSJ Comunidad de Madrid 286/2019, 25 de Abril de 2019) o la obligatoriedad de disponer en el centro de trabajo de mascarillas y guantes para los trabajadores, son cuestiones que pueden suscitar importantes dudas legales al empresario.

De esta manera, junto a las medidas de la prevención y actuación frente al COVID-19, el plan de retorno al centro de trabajo es también una herramienta fundamental para estructurar un marco legal adecuado, garantizando que la empresa respete en sus actuaciones el ordenamiento jurídico vigente.

El retorno a los espacios de trabajo es, como se adelantaba al comienzo de este artículo, todo un desafío para el empresario en el contexto post COVID-19. Un desafío cuyo éxito o fracaso dependerá de la capacidad de adaptación. Y una adaptación que dependerá de la organización y planificación.

“Todo fracaso es la falta de adaptación, todo éxito es una adaptación exitosa”

Max McKeown

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.