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25/04/2024. 17:13:39

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¿Qué prestaciones familiares se pueden percibir cuando se tiene un parto múltiple?

Social: Prestaciones familiares: Asignación por hijo a cargo: Beneficiarios: Rentas del solicitante: Familia numerosa

¿Qué prestaciones familiares se pueden percibir cuando se tiene un parto múltiple?

Doña María C. B. y don Fermín G. H., con residencia legal en España, casados y sin hijos anteriores, han sido padres de cuatrillizos en febrero de 2008. El nacimiento se ha producido en España. Doña María se dedica al cuidado del hogar, sin realizar trabajo remunerado por cuenta propia o ajena. Don Fermín, afiliado y en alta en el Régimen General de la Seguridad Social, es operario en una fábrica de automoción y tuvo en el año 2007 unos ingresos brutos derivados de su trabajo de 18.200 euros. El matrimonio tiene una cartilla de ahorro que les produjo unos interese brutos en 2007 de 75 euros y una imposición a plazo fijo que les produjo unos intereses, en el mismo año, de 570 euros.

Ninguno de los miembros del matrimonio tiene derecho a prestaciones familiares de ningún tipo en otro régimen público de protección social.

  • ¿Tiene derecho el trabajador a percibir alguna prestación familiar? ¿Cuál es su cuantía?

Don Fermín y doña María, conviven y cumplen los requisitos de residencia legal en España y carecer de derecho a prestaciones familiares de ningún tipo en otro régimen público de protección social, por lo que en principio cualquiera de los dos, pero sólo uno de ellos, podría ser el beneficiario de las prestaciones familiares. Sin embargo cuando ambos padres reúnen la condición de beneficiario pero sólo uno de ellos está integrado en un Régimen de la Seguridad Social, prevalecerá la condición de éste para ser considerado beneficiario. En consecuencia será don Fermín, integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, el beneficiario de las siguientes prestaciones:

Prestación económica por parto múltiple.

El parto múltiple da derecho a una prestación económica, consistente en un pago único, cuya cuantía está en función del número de hijos nacidos y que no está supeditada a límite de renta alguno.

En este caso como en el parto nacieron 4 hijos la prestación es de 12 veces el importe mensual del SMI, que en el año 2008 asciende a 600 €.

Prestación = 12 x 600 € = 7.200 €

Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en casos de familias numerosas, monoparentales y madres discapacitadas.

Para tener derecho a esta prestación se exige que los ingresos de la unidad familiar durante el año anterior a la solicitud no superen un determinado límite.

El límite en 2008 para una familia numerosa está fijado en 16.555,70 €, cuantía ésta que se debe incrementar en 2.681,56 € a partir del cuarto hijo a cargo (éste incluido), por lo que en nuestro caso el límite será el siguiente:

Límite = 16.555,70 € + 2.681,56 € = 19.237,26 €

Los ingresos de la unidad familiar durante 2007 ascendieron a 18.845 €. Por lo tanto y dado que los ingresos no superan el límite de ingresos permitido, el beneficiario tiene derecho a esta prestación que consiste en un pago único de 1.000 €, por los hijos tercero y cuarto.

Asignación económica por hijo a cargo

Al igual que en la anterior prestación, para tener derecho a la asignación económica por hijo a cargo, se exige que los ingresos de la unidad familiar durante el año anterior a la solicitud no superen un determinado límite.

El límite en 2008 para una familia numerosa está fijado en 16.555,70 €, cuantía ésta que se debe incrementar en 2.681,56 € a partir del cuarto hijo a cargo (éste incluido), por lo que en nuestro caso el límite será el siguiente:

Límite = 16.555,70 € + 2.681,56 € = 19.237,26 €

Los ingresos de la unidad familiar durante 2007 ascendieron a 18.845 €. Por lo tanto y dado que los ingresos no superan el límite de ingresos permitido, el beneficiario tendrá derecho una prestación de 500 € anuales por cada uno de los 4 hijos a cargo.

Además doña María tendrá derecho a:

  • Prestación económica de pago único por nacimiento de hijo.

Doña María reúne los requisitos para acceder a esta prestación:

  • El nacimiento de los cuatrillizos se ha producido en España y ella es la madre.
  • Ha residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español durante al menos los dos años inmediatamente anteriores al hecho del nacimiento.

La prestación en este caso consiste en un pago único de 2.500 euros por cada hijo, y se abona independientemente de los ingresos de la unidad familiar.

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