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Blog LEXA: Jurisprudencia Laboral Novedosa

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 28 de octubre 2013, en materia de extinción del contrato por causas económicas

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz

Abogado Socio director en LexaGo

La Sala declara procedente el despido objetivo ante las pérdidas cuantiosas y persistentes, aunque se hayan incrementado las ventas.

Un muñequito dando una patada a otro

Entiende que cuando la Ley señala que "concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas", significa que podrá darse una u otra (pérdidas o disminución de ingresos/ventas), pero no que deban necesariamente darse las dos.

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