En esta sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid repasa la doctrina jurisprudencial acerca de las causas del despido objetivo.

Y, en concreto, entiende que en el presente caso concurren causas económicas y organizativas, basadas en descenso de ventas y beneficios, a pesar de la existencia de los mismos (beneficios).
Abogado Socio director en LexaGo