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La Seguridad Social agiliza trámites que estancaban prestaciones concertadas

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Se elimina la autorización previa y se implanta el proceso telemático CAS@ para los trámites de las solicitudes de autorización y comunicaciones de los conciertos con medios privados. El número total de conciertos entre Seguridad Social y mutuas es de 8.071, incluyendo los autorizados y los que se encuentran en trámite.

Mediante la Orden Ministerial de 14 de octubre de 2009, la Seguridad Social ha implantado el proceso telemático normalizado CAS@, que agiliza la gestión de las prestaciones sanitarias y recuperadoras que se conciertan con las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se elimina, así, la autorización previa, sustituyéndola por un procedimiento automatizado que garantiza más transparencia para el beneficiario y permite el control posterior, sin obstaculizar las actividades gestoras propias. El nuevo procedimiento atiende a una vieja reivindicación del sector de las mutuas en lo referente a los trámites de los conciertos de asistencia sanitaria. Supone, además, reducir escalones burocráticos y demoras, al sustituir la obligatoriedad de las autorizaciones previas por la comunicación electrónica.

Edificio de la Seguridad Social

En la actualidad, las mutuas tienen presentadas y pendientes de trámite 2.353 solicitudes de autorización, a las que habría que añadir las que aún no han sido registradas, cuyo número se estima en unas 600. El gasto ocasionado a las mutuas por los conciertos de asistencia sanitaria fue de 443,3 millones de euros en 2008 y de 439,5 en 2007.

La actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el año 2008 condujo a la presentación masiva de solicitudes, al haberse detectado un volumen considerable de facturación por asistencia sanitaria sin el soporte de un concierto previamente autorizado; de manera que los 400 conciertos anuales registrados se elevaron hasta 2.837, cara a subsanar la irregularidad.

En este contexto, la recarga de trabajo que implica la tramitación de la autorización previa y la consiguiente demora de la Administración para resolver con la necesaria rapidez los expedientes ralentizaba excesivamente el procedimiento, con los consiguientes efectos perniciosos en las actuaciones inspectoras y de la Intervención General de la Seguridad Social.

El proceso telemático CAS@ opta por una fórmula de automatización del proceso, a la vez que garantiza una mejor transparencia, la cual permite los controles a posteriori sin interferir la gestión ni añadir obstáculos y eliminando los existentes. Además, garantiza que se notificarán todos los convenios ya que, si no estuvieran registrados, la Intervención no aceptará el gasto derivado.

El sistema CAS@ no será de aplicación a los conciertos en los que se establezca que la prestación haya de llevarse a cabo en las instalaciones sanitarias propias de la mutua ni tampoco en los que el Ministerio de Trabajo e Inmigración autorice que los tratamientos quirúrgicos o postquirúrgicos puedan prestarse con medios propios de las mutuas en centros concertados debidamente autorizados.

En estos supuestos, y hasta tanto se establezca el correspondiente procedimiento informatizado, se mantendrá el procedimiento que se ha venido utilizando hasta la entrada en vigor de la Orden.

A partir de la entrada en vigor de la Orden, las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social tramitarán todas sus solicitudes de autorización o comunicación de conciertos de acuerdo con el procedimiento CAS@. Antes del 31 de diciembre de 2009, deberán transmitir los datos correspondientes a los conciertos ya autorizados o comunicados.

¿Quiere leer la Orden Ministerial que pone en marcha el nuevo sistema?

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