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IGUALDAD DE GÉNERO

Las aseguradoras ya no pueden distinguir por sexos en el precio de los seguros

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La Directiva 2004/113/CE del Consejo de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios prohíbe toda discriminación por razón de género fuera del mercado laboral. El 1 de marzo de 2011, el TJUE anuló, a partir de hoy, una excepción que permitía a los Estados miembros mantener la diferenciación entre hombres y mujeres en las primas de seguros.

En virtud de la entrada en vigor hoy de la normativa europea contra la diferenciación por sexos de los precios aplicados en el sector de los seguros las aseguradoras en Europa tendrán que aplicar los mismos precios por los mismos productos de seguros a mujeres y hombres, sin distinción por razón de sexo. Esta medida significa que los precios de los seguros podrían aumentar o disminuir a corto plazo para determinadas categorías de clientes, pero es probable que se equilibren con el tiempo.

Don muñecos mujer y hombre en una balanza

El cambio se produce después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminara que la diferenciación de las primas para los hombres y para las mujeres, exclusivamente por razones de género, es incompatible con el principio de fijación de precios independiente del sexo incluido en la legislación de la UE en materia de la igualdad de género y con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

«La igualdad de género es un derecho fundamental en la Unión Europea y el Tribunal de Justicia ha dejado claro que dicho derecho también se aplica a la fijación de los precios de los seguros» ha afirmado la Vicepresidenta Reding, Comisaria de Justicia de la UE. «El sector de los seguros ha tenido más de un año para preparar el cambio a las políticas de precios unisex y durante este periodo la Comisión Europea ha ayudado al sector a adaptarse. La Comisión supervisará la puesta en práctica de estas nuevas normas».

En su sentencia sobre el asunto Test-Achats de 1 de marzo de 2011, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio a las aseguradoras un plazo que concluye hoy, 21 de diciembre de 2012 para cambiar sus políticas de precios con el fin de tratar a los clientes particulares, hombres y mujeres, de manera igualitaria en términos de primas y prestaciones de los seguros.

Tras la sentencia del Tribunal, la Vicepresidenta Viviane Reding, Comisaria de Justicia de la UE, se reunió en septiembre de 2011 con las aseguradoras líderes en la UE para discutir la manera en que la Comisión puede ayudar al sector a adaptarse a la sentencia del Tribunal.

Como resultado, el 22 de diciembre de 2011, la Comisión dio orientaciones concretas al sector sobre la aplicación de la sentencia.

 

 

Antecedentes: la STJUE de 1 de marzo de 2011 en el asunto Test-Achats

El asunto Test-Achats, que fue remitido por el Tribunal Constitucional Belga, trataba de la discriminación por razón de sexo en materia de fijación de los precios de los seguros. El 1 de marzo de 2011, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró nula, a partir del 21 de diciembre de 2012, una exención de la legislación de la UE en materia de igualdad de trato que permitía a los Estados miembros mantener la diferenciación entre hombres y mujeres en las primas y prestaciones aplicables a los clientes particulares.

La Directiva 2004/113/CE del Consejo por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro (adoptada por unanimidad por el Consejo de Ministros de la UE) prohíbe toda discriminación directa e indirecta por razón de género fuera del mercado laboral.

Antes de la sentencia, el artículo 5, apartado 2, de la Directiva daba a los Estados miembros el derecho a establecer una excepción a la norma de «independencia del sexo» con respecto a los contratos de seguros. Todos los Estados miembros han hecho uso de esta excepción para algunos o todos los contratos de seguros. Por ejemplo, el Derecho belga incluye una excepción para el seguro de vida en su legislación nacional. De hecho, fue un litigio sobre la legalidad de la excepción de Bélgica lo que dio lugar a la sentencia Test-Achats del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El Tribunal consideró que la exención de la norma de «independencia del sexo» recogida en el artículo 5, apartado 2, era incompatible con la finalidad de la Directiva y, por lo tanto, con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. El Tribunal dictaminó que la excepción era inválida con efectos a partir del 21 de diciembre de 2012.

La sentencia Test-Achats no significa que las mujeres pagarán siempre las mismas primas de seguros de coches que los hombres.

Actualmente, un conductor joven que sea prudente paga más por el seguro de automóvil simplemente por ser un hombre. En virtud de la sentencia, las aseguradoras ya no podrán utilizar el sexo como único factor determinante del riesgo para justificar las diferencias en las primas que paga cada individuo. Sin embargo, las primas pagadas por los conductores prudentes, ya sean hombres o mujeres, seguirán disminuyendo en función de su comportamiento individual al volante. La sentencia no afecta a la utilización de otros factores legítimos de clasificación de riesgos (como, por ejemplo, la edad o el estado de salud) y los precios seguirán reflejándolos.

El género es un factor determinante de clasificación de riesgos de, al menos, tres grandes categorías de productos: los seguros de automóvil, los seguros de vida/seguros de renta y los seguros de enfermedad privados. En las tres categorías, es probable que una transición hacia la fijación de precios unisex tenga consecuencias sobre las primas y/o las prestaciones a nivel individual para hombres y mujeres. Dependiendo del producto de que se trate, las primas podrían aumentar o disminuir para determinadas categorías de consumidores.

Para la Unión Europea, el sector de los seguros es competitivo e innovador y debería estar en condiciones de hacer tales ajustes y ofrecer productos atractivos a los consumidores con independencia del sexo sin un impacto injustificado en el nivel general de los precios. Las reducciones de precios resultantes de la fijación de precios independiente del sexo deben repercutirse en los consumidores con el mismo nivel de equidad que los incrementos de los precios.

El 20 de junio de 2011 se trataron las implicaciones de la sentencia con los Estados miembros y las partes interesadas en el Foro sobre el Género y los Seguros creado por la Comisión en 2009. La Comisaria Europea de Justicia, Viviane Reding, también se reunió con los directivos de las compañías de seguros europeas el 21 de septiembre de 2011.

El 22 de diciembre de 2011, la Comisión adoptó directrices para ayudar al sector de los seguros a aplicar políticas de precios unisex, ofreciendo orientación práctica sobre las implicaciones de la sentencia, lo que redunda en beneficio tanto de los consumidores como de las compañías de seguros.

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