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El Supremo asume la sentencia europea sobre retroactividad en las cláusulas suelo

Reuters

MADRID (Reuters) – El Tribunal Supremo ha asumido la jurisprudencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obliga a los bancos españoles a pagar el 100 por cien de las cantidades cobradas de más a los clientes con cláusulas suelo declaradas nulas.

El Tribunal Supremo ha asumido la jurisprudencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obliga a los bancos españoles a pagar el 100 por cien de las cantidades cobradas de más a los clientes con cláusulas suelo declaradas nulas.

Este paso era necesario tras una reclamación instada por el BBVA que estaba pendiente de cómo podían estar afectadas sus cláusulas.

Hasta la sentencia del tribunal europeo, la justicia española sólo obligaba a devolver lo cobrado de más después de mayo de 2013, cuando el Tribunal Supremo declaró nulas las cláusulas suelo -en el caso de que no fueran transparentes- de una serie de entidades, entre ellas el BBVA.

"El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo, al resolver un recurso de casación del BBVA, ha adoptado la jurisprudencia de la sala sobre la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo a la sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016", dijo el alto tribunal en una nota.

Las cláusulas suelo impiden que los clientes se beneficien de las caídas del euribor cuando este tipo de interés de referencia baja de un determinado nivel (el llamado "suelo").

Con esta sentencia, el Supremo adecua su jurisprudencia a la sentencia del tribunal de la UE, que consideró que si las cláusulas son declaradas nulas, se han de devolver en su totalidad.

Se calcula que hay más de un millón de contratos hipotecarios con cláusulas suelo y los bancos afectados han realizado importantes provisiones por el impacto de la sentencia, aunque no han provisionado el 100 por cien de sus contratos hipotecarios con cláusula suelo, al considerar que hay algunos que son transparentes y por lo tanto legales.

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