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30/04/2024. 19:22:22

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El arquitecto Menis es respaldado en Primera Instancia por los Tribunales

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El Juzgado de lo mercantil núm. 1 de Sta. Cruz de Tenerife ha desestimado la demanda contra D. Fernando Marín Menis -cliente del despacho HERRERO & ASOCIADOS- y reconocido profesional en el sector de la arquitectura de nuestro país por su segundo apellido.

Logo de Herrero.

La demanda, interpuesta con la asistencia letrada del Catedrático de Derecho civil y especialista en derecho de Propiedad Intelectual Rodrigo Berkovitz, fue presentada  por parte de sus ex socios José Mª Rodríguez Pastrana y Felipe J. Artengo Rufino (conocidos igualmente en el mismo mundo por Pastrana y Artengo) de la sociedad AMP, S.L..

Según informa el letrado de HERRERO & ASOCIADOS, José Luis López Gutiérrez, quien ha asistido jurídicamente a Menis, la demanda judicial pretendía que su cliente dejara de utilizar imágenes de obras arquitectónicas diseñadas por los tres arquitectos mientras fueron socios de la mercantil AMP, S.L. en las muestras de sus obras patrocinadas por el estudio de arquitectura fundado en solitario por considerar que eran propiedad de la sociedad donde ya no es socio;  amén de considerar que la actitud del demandado era desleal.

Además, los demandantes buscaban una declaración judicial que pusiera de manifiesto la infracción al derecho de transformación de dos concretos proyectos diseñados mientras los contendientes estuvieron vinculados societariamente (Iglesia del Stmo. Redentor sita en el municipio tinerfeño de S. Cristóbal de la Laguna y el Parque de Cuchillitos de Tristán construido en Sta. Cruz de Tenerife) que se apropiaban Artengo y Pastana consecuencia del desarrollo de dos nuevos diseñados por el nuevo estudio de Menis.

Los demandantes reclamaban una indemnización que rondaba los 100.000 € por los daños y perjuicios causados, así como la publicación del fallo de la sentencia  y las costas.

La sentencia  desestima la demanda y resulta clarificadora por considerar que:

  1. Las obras creadas por los tres arquitectos vigente su relación societaria fueron obras en colaboración y no colectivas como reclamaban los demandantes al adjudicar su propiedad a la sociedad.
  2. Los nuevos diseños de Menis del Parque de Cuchillitos de Tristán y de la Iglesia del Stmo. Redentor no son obras derivadas de las diseñadas anteriormente por el estudio AMP, con lo cual no afectan al derecho de transformación esgrimido y, por tanto, no ha lugar a la indemnización, la publicación y el pago de las costas solicitadas.

La sentencia no es definitiva ya que se trata de una Primera Instancia, pero supone un importante reconocimiento a la autoría de las obras del Sr. Menis.

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