LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

30/11/2025. 02:09:41
30/11/2025. 02:09:41

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

El TSJ concede una indemnización de 78.000€ por incapacidad parcial desestimando el recurso de la Seguridad Social

Un trabajador de la Bolsa de Barcelona, P.D.M, ha conseguido recientemente que la justicia le dé la razón tras solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) una incapacidad parcial a causa de un accidente no laboral que le produjo graves secuelas. La entidad denegó la prestación alegando que “podía seguir trabajando aunque padeciera limitaciones para alguna de las tareas fundamentales de su profesión.” Sorprendentemente, según estadísticas oficiales a 1 de enero de este año, en toda España únicamente hay reconocidas 29 incapacidades permanentes en grado parcial.

Billetes y monedas de euro

Finalmente, con la intervención del centro médico-jurídico de Barcelona Tribunal Médico, ha logrado el reconocimiento de la Invalidez Permanente en grado de Incapacidad Parcial para su profesión (a fecha 1 de diciembre de 2015) por parte del Tribunal Superior de Justicia.El demandante es informático de la Bolsa de Barcelona y cobrará una indemnización de 78.000€ que tendrá que abonar la entidad gestora. Se trata de un importe equivalente a 24 mensualidades del 100% de su base reguladora en un solo pago. En este sentido, se da la razón a los peritos médicos y letrados de Tribunal Médico, desestimando así el recurso de suplicación que interpuso la Seguridad Social oponiéndose a la declaración de dicha incapacidad, tras la demanda presentada por el trabajador a dicha institución para reclamar sus derechos.

El afectado sufrió un accidente de tráfico en el año 2012 que tuvo como consecuencia graves patologías como politraumatismo,  fracturas en cadera, hombro y muñecas -las cuales quedaron limitada funcionalmente-, depresión con ansiedad, hipoacusia auditiva (problemas de audición que le han llevado a necesitar audífono) e importantes conflictos de orientación.

En opinión del responsable del centro médico-jurídico, Alejandro García, "lo complejo en este tipo de casos es demostrar que la persona tiene un déficit en su capacidad laboral no inferior al 33%, lo que le impide desempeñar las tareas fundamentales de su profesión. No obstante y en definitiva, un procedimiento bien justificado desde el punto de vista médico y correctamente gestionado demuestra una vez más que la justicia existe y que no debemos tirar la toalla". 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

RECOMENDAMOS

Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.