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05/05/2024. 17:46:29

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Entrevista a Juan Ignacio Barrero Valverde, Presidente de la Asociación Europea de Arbitraje (AEADE)

“El siglo XXI será el siglo del arbitraje”

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"AEADE cumple 10 años en el 2010. En ese aniversario AEADE debe estar situada al frente del arbitraje doméstico" "España debe ser, por idioma y por situación geográfica, una de las tres primeras opciones a la hora de elegir la sede del arbitraje" "El arbitraje es la máxima exaltación de la autonomía de la libertad" "Pocas universidades y facultades de derecho tratan la figura del arbitraje con la importancia que merece"

De dilatada carrera, el jurista extremeño Juan Ignacio Barrero Valverde actualmente se desempeña como Presidente de la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad (AEADE) y Defensor del Paciente de la Comunidad de Madrid. Entre otros cargos, ha sido Presidente del Senado, Diputado Nacional, Presidente de la Empresa Nacional de Celulosa (ENCE), Presidente de PROBISA S.A. y Profesor-tutor de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). Casado y con tres hijos, es un entusiasta difusor de las bondades del arbitraje y defiende su importancia en el panorama jurídico de nuestro país.

El siglo XXI será el siglo del arbitraje. uan Ignacio Barrero Valverde, Presidente de la Asociación Europea de Arbitraje (AEADE)

¿Cómo se crea la Asociación Europea de Arbitraje?

Durante el año 1999 un grupo de juristas estudiaron la posibilidad de ofrecer el arbitraje a un mayor abanico de segmento social. El arbitraje estaba estancado en temas internacionales y en temas de mucha complejidad y gran contenido económico.

Por tanto, uno de los fines es llevar la cultura del arbitraje a los conflictos cotidianos que, además, constituyen el 95% de las transacciones que se producen en nuestro país. El reto es conseguir que los abogados, las PYMES y los ciudadanos incluyan una cláusula o convenio arbitral al firmar un contrato cualquiera sea la relación civil o mercantil.

 

A su juicio, ¿cuál cree que ha sido el avance jurídico reciente más importante en el campo del arbitraje?

Yo creo que se puede hablar de un antes y un después a la entrada en vigor de la vigente Ley 60/2003, de Arbitraje. Después de más de 4 años se ha notado un cambio de mentalidad importante a nivel social y a nivel institucional. En estos años debemos destacar el apoyo sin fisuras al arbitraje por parte del Consejo General del Poder Judicial y de "sus" jueces, el compromiso de las administraciones públicas, como, por ejemplo, la constitución de PROMOMADRID o el Consejo Arbitral en la Comunidad  de Madrid y la unión de los abogados para el mismo fin en el Club Español del Arbitraje o en el Observatorio del Arbitraje dentro del Foro Para la Justicia promovido por el Consejo General de la Abogacía Española.

 

¿Los procedimientos arbitrales son en la práctica muy diferentes de los ordinarios?

Son muy distintos desde el origen. El arbitraje es la máxima exaltación de la autonomía de la libertad, donde las partes son dueñas tanto del procedimiento como de la elección del árbitro. El procedimiento judicial está encorsetado siendo, por tanto, mucho más rígido. Todo ello con independencia de la conocida lentitud del procedimiento judicial.

Por tanto, en el arbitraje, las partes pueden decidir y pactar desde quién sea el árbitro que les resuelva la controversia hasta los plazos, la prueba, la sede, la ley aplicable o el idioma, por ejemplo.

 

¿Existen diferencias apreciables en materia de obtención de prueba, de solicitud de medidas cautelares o de ejecución de sentencias?

Precisamente, en estas materias es donde existen menos diferencias, porque el arbitraje, necesariamente, debe acudir a las funciones de apoyo y control judicial que recoge el artículo 8 de la Ley de Arbitraje.

Los árbitros pueden adoptar medidas cautelares, lo cual supone un gran avance y, por supuesto dictan laudos, ya sean parciales o definitivos. Pero si las partes no lo cumplen se debe instar la ejecución judicial de las medidas cautelares o del laudo, que equivale, en tiempos, a la ejecución de las sentencias judiciales.

Es de destacar, sin embargo, que en los procedimientos arbitrales las partes colaboran en el buen fin del arbitraje, tanto en la presentación de las pruebas solicitadas como en el cumplimiento voluntario del laudo.

 

¿Cuál será el papel del arbitraje en el derecho del siglo XXI?

Será el siglo del arbitraje. Se consolidará y será una herramienta inevitable en la redacción de, al menos, el 75% de los contratos, constitución de sociedades, etc.

Queda mucho camino por recorrer. Debemos conseguir, entre todos, que en menos de 5 años la mayoría de los abogados, notarios y empresarios tengan el arbitraje, al menos, como opción.

 

¿Qué institución jurídica podría ocupar el lugar del arbitraje en el futuro?

El arbitraje no es sustituible. Tiene su propio camino y autonomía y será una herramienta necesaria que cohabitará con otras.

Ello no obsta para que otras ADR (Alternative Dispute Resolutions) cobren fuerza y protagonismo en un futuro cercano. La mediación o la conciliación, herramientas heterocompositivas de solución de conflictos ya están consolidadas en los mercados anglosajones que son los que marcan el ritmo al resto de sociedades en esta materia.

 

¿Podemos hablar de una consolidación académica del arbitraje o existe aún mucho camino por recorrer en este aspecto?

En este apartado el camino por recorrer es, efectivamente, largo y arduo. Pocas universidades y facultades de derecho tratan la figura del arbitraje con la importancia que merece. Algunos procesalistas, pocos civilistas y una minoría de internacional privado empiezan a enseñarlo a los estudiantes de derecho. Es fundamental un cambio de mentalidad para que los estudiantes de derecho que quieran ejercer la profesión de abogado sepan y conozcan el arbitraje porque será una herramienta que encontrarán, cada vez más a menudo, en su larga trayectoria profesional.

En los cursos de postgrado y en los colegios de abogados no se ha avanzado mucho más. Algunos Colegios de Abogados, como el de Valencia o el Señorío de Vizcaya destacan tanto por la preocupación por inculcar el arbitraje como por los seminarios que cada año imparten a cientos de abogados.

 

Según las estadísticas, la apuesta de las PYMES por el arbitraje va en aumento. ¿Qué móviles han contribuido a crear esta tendencia?

El arbitraje tenía una fama nada merecida. Muchos abogados y empresarios pensaban que el arbitraje terminaba con una solución salomónica que no satisfacía a ninguna de las partes dudando, incluso de la eficacia real de los laudos.

El arbitraje vincula a las partes que acuerdan esta vía en el contrato y el laudo equivale a una sentencia judicial firme. Los árbitros condenan en costas y, por fin, los abogados y empresarios empiezan a conocer las enormes ventajas de acudir a esta vía.

 

¿De qué manera influye la globalización del derecho en la práctica del arbitraje?

Sinceramente creo que el arbitraje es un adelantado a su tiempo. El arbitraje internacional, desde los años veinte, es una herramienta ilocalizada donde las partes eran y son de países distintos, la sede la de otro estado y el idioma puede ser cualquiera. El arbitraje es, por tanto, anterior y artífice de la globalización del derecho.

 

Se habla del arbitraje como necesidad, casi como imperativo. ¿Es esto cierto? ¿No existen, además, otros medios de solución de controversias?

Efectivamente, existen otros medios de solución de conflictos. Al hablar de necesidad, nos referimos a necesidad corporativa y financiera. Cada vez más las empresas y los abogados recomiendan la mejor herramienta desde el punto de vista financiero y la conclusión es unánime: cuanto menos dure un problema menos cuesta. A esto hay que añadir que el arbitraje es la herramienta que menos daña la imagen y el valor de la marca, gracias a la confidencialidad que exige la propia Ley de arbitraje.

 

¿Qué proyectos tiene para la Asociación Europea de Arbitraje a mediano y largo plazo?

AEADE cumple 10 años en el 2010. En ese aniversario AEADE debe estar situada al frente del arbitraje doméstico. Lo estamos consiguiendo gracias al arbitraje cercano y de calidad que AEADE ofrece. Sectores como la construcción, las franquicias, la ingeniería, el societario, corporativo, etc… son nuestro primer objetivo. Los abogados de estas empresas quieren una institución eficaz y AEADE es la única que, a fecha de hoy, dedica a más de 25 personas en exclusiva al arbitraje.

En el plano internacional es donde más debemos trabajar. Ya somos una de 5 instituciones españolas elegidas por las empresas de nuestro país, según la prestigiosa revista "Global Arbitration Review". En el año 2015 AEADE debe ser un referente en el mundo del arbitraje.

 

¿Es posible que, con el tiempo, el arbitraje termine imponiéndose a la justicia tradicional?

Daremos un paso de gigante cuando dejen de compararse. El arbitraje tiene su propio recorrido y el procedimiento del Estado tiene el suyo. No debe imponerse sino cohabitar y las partes deben elegir la herramienta que mejor les convenga en función de las necesidades y de la complejidad del asunto.

El arbitraje en el 80% de las situaciones ofrece una solución ventajosa y menos coercitiva y eso ayudará a ser la herramienta elegida.

 

¿Qué ventajas o desventajas ofrece España como sede de arbitrajes internacionales?

La gran desventaja es la excesiva proliferación de instituciones arbitrales. Son más de 60 instituciones, entre Corporaciones de Derecho Público (Colegios de Abogados y Cámaras de Comercio) y entidades privadas. Este hecho crea recelo y malestar en las empresas y en los abogados porque da la equivocada sensación de ser pequeños reinos de taifas.

España debe ser, por idioma y por situación geográfica, una de las tres primeras opciones a la hora de elegir la sede del arbitraje. La nueva Ley de Arbitraje, la labor del Club Español del Arbitraje y la apuesta de PROMOMADRID y la Comunidad de Madrid hará de Madrid y de España un centro internacional líder en menos de 5 años.

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