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19/04/2024. 23:23:40

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Bernardo M. Cremades, socio fundador de la firma B. Cremades y Asociados

“La teoría del ‘amiguete’ debe ser desterrada de la práctica arbitral”

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"Hoy es frecuente que los mejores alumnos quieran especializarse en temas de arbitraje" "No es correcta la idea de potenciar el arbitraje como solución al mal o lento funcionamiento de la justicia" "Los países latinos, a diferencia de los anglosajones, recelamos del vecino próximo y ponemos muchas veces fe absoluta en el extraño"

Bernardo Cremades es uno de los abogados más reconocidos en el Olimpo del arbitraje español. Licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla, más tarde se incorporaría como Profesor de Derecho en la Universidad Complutense de Madrid. Ha sido, entre muchos otros cargos, representante español en el Consejo de la International Bar Association, Co-Presidente del Consejo de Arbitraje y ADR del International Bar Association, Presidente de la Corte Española de Arbitraje, Ex Co-Chairman de la International Financial and Secured Transactions Committee de la American Bar Association, Ex Vicepresidente de London Court of Arbitration y Copresidente del Foro Hispano-Alemán. Ha accedido, amablemente, a dialogar con Legal Today sobre los retos más acuciantes del mundo del arbitraje nacional y global.

La teoría del 'amiguete' debe ser desterrada de la práctica arbitral

¿Por qué el arbitraje y no otro medio alternativo de solución de disputas?

Cuando se habla de medios alternativos de solución de disputas, se está pensando principalmente en el arbitraje, en la mediación o en la conciliación. Quienes desean una solución definitiva quieren que el árbitro decida, desplazando el litigio entre las partes a la solución profesional de quien eligen de común acuerdo.

 

¿Cómo reforzar la seguridad jurídica del arbitraje en España?

El arbitraje exige la intervención judicial en apoyo o para controlar la labor de los árbitros. En la Ley del 2003 se quiso descongestionar los tribunales superiores de justicia y, fundamentalmente, al Tribunal Supremo. Para aunar seguridad jurídica y deseo de descongestionar los tribunales hay que pensar en el recurso en interés de la Ley; este recurso, para el que se exige una legitimación especial, mantiene intacta entre las partes la decisión pero sienta la doctrina jurisprudencial correcta; el recurso en interés de la Ley aparece en los mismos orígenes del Tribunal Supremo en 1812 y en el Tribunal de Casación francés.

 

Usted afirma que la Ley de Arbitraje de 2003 ha dinamizado el sector pero no lo suficiente ¿En qué basa esta afirmación?

Efectivamente, en torno a la Ley de Arbitraje surgió en España un entusiasmo para la utilización del arbitraje. Los redactores de los contratos se animaron a introducir cláusulas arbitrales y eso, sin duda, ha dinamizado el sector.

 

Si el arbitraje no es la solución para la lentitud de la justicia ¿Qué soluciones propone ante la crisis judicial que se ha desatado en España?

No es correcta la idea de potenciar el arbitraje como solución al mal o lento funcionamiento de la justicia. El arbitraje sólo puede funcionar con una eficaz labor de apoyo y de control judicial cuando sea necesario.

 

¿Cómo convertir a Madrid en la capital europea de arbitraje?

Madrid o cualquier ciudad española pueden muy bien convertirse en sede de tribunales de arbitrajes. Para ello, hay que lograr la confianza de las partes en litigio y, consecuentemente, de las instituciones administradoras del arbitraje.

 

¿Por qué, en muchos casos, el empresario prefiere acudir a las Cortes internacionales como las de París, Londres o Suiza antes que a las cortes de arbitraje para solucionar sus disputas?

Las cortes de arbitraje no son tribunales de justicia, sino que administran procedimientos. Son empresas de servicios altamente cualificados. Y como tales empresas deben cuidar su clientela. En una sociedad libre de mercado son las partes las que deciden a qué entidad arbitral desean acudir.

 

La Ley de Arbitraje de 2003, ¿fomenta la dispersión jurisprudencial de los jueces? ¿Por qué?

La Ley ha querido que los jueces y tribunales que decidan en labores de apoyo o control del arbitraje lo hagan salvo en casos excepcionales sin recurso alguno. La idea detrás de esta decisión legislativa es la de agilizar la intervención judicial y evitar la acumulación en el Tribunal Supremo.

 

¿Cómo mejorar la coordinación entre árbitros y magistrados?

La coordinación entre árbitros, por un lado, y jueces y magistrados, por otro, podría mejorarse si se estableciera un criterio de especialización judicial en la materia. Quien acudiera a un juzgado o a un tribunal especializado en materia arbitral podría conocer de antemano el criterio seguido en casos similares, evitando así la sensación de ruleta que supone hoy el reparto judicial. Mucho más, cuando no hay unificación de doctrina entre sus decisiones.

 

¿Cuál será el papel del arbitraje en el siglo XXI?

El arbitraje es manifestación de libertad, de autonomía de la voluntad. Su función es la de cumplir el deseo de las partes en litigio de nombrar su propio juez, comprometiéndose a estar y pasar por lo que tenga a bien decidir.

Académicamente, ¿el arbitraje está consolidado? ¿Las Facultades de Derecho españolas preparar expertos en arbitraje?

Las Facultades de Derecho españolas han cambiado enormemente al respecto. Hoy, es frecuente que los mejores alumnos quieran especializarse en temas de arbitraje y, muy especialmente, en temas de arbitraje internacional, tanto mercantil como de protección de inversiones. El hecho de que este año los alumnos de la Universidad Carlos III hayan ganado el primer premio entre universidades muy prestigiosas del mundo en materia de entrenamiento práctico sobre arbitraje es buena señal del interés de nuestros universitarios.

 

¿Cuál es el gran reto al que tiene que enfrentarse el Arbitraje en España?

El gran reto al que tiene que enfrentarse el arbitraje en España es el de que se admita por los profesionales del derecho y por los usuarios su profesionalidad. El arbitraje no es una solución entre amigos y la teoría del "amiguete" debe ser desterrada de la práctica arbitral. Los países latinos, a diferencia de los anglosajones, recelamos del vecino próximo y ponemos muchas veces fe absoluta en el extraño. Esa nueva cultura brotará cuando nuestros jóvenes se incorporen a la vida profesional y olvidemos la formación jurídica que se nos dio en las facultades, basada "en la lucha por el derecho".

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