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28/03/2024. 15:59:22

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Jose Luis Luceño, director Jurídico y de Cumplimiento Normativo de Grupo Puma

“Los abogados in house están presentes en las decisiones estratégicas del negocio”

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Licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla, MBA en Economía y Dirección de Empresas, Máster en Asesoría Fiscal y Máster en Derecho Patrimonial Privado, José Luis Luceño es el director Jurídico Corporativo de la multinacional Grupo Puma. Luceño inició su carrera profesional en Garrigues y, en la actualidad, desarrolla sus tareas en las áreas de Derecho mercantil y tributario. Además, ejerce como profesor asociado en la Universidad Pablo de Olavide y Loyola Leadership School. Hemos analizado con él su visión sobre la figura del abogado in house.

Jose Luis Luceño, director Jurídico y de Cumplimiento Normativo de Grupo Puma

¿En qué medida el abogado in house se ha convertido en un partner del negocio?

Los miembros de los departamentos Jurídicos in house se encuentran en una posición privilegiada por su conocimiento del funcionamiento y los procesos de la empresa, y desde la óptica siempre de apoyar el negocio y la actividad empresarial, articulan su labor para ofrecer el marco de seguridad jurídica necesaria para que la empresa pueda desarrollar su actividad con un cumplimiento normativo adecuado y exento de riesgos. En este sentido, los abogados in house están presentes en las decisiones estratégicas del negocio, pero también en el día a día de muchas operaciones que se ven influenciadas por una legislación cambiante, siendo pieza fundamental para sus compañeros de otros departamentos y formando parte integrante de los órganos de dirección a los que habitualmente prestan asesoramiento y apoyo.

Pero cada vez es más un gestor de riesgos.

Por supuesto, es su labor principal, prevenir y gestionar riesgos principalmente, pero no solo legales. Es cierto que la labor del Dpto. Jurídico in house es de acompañamiento, y no genera por sí misma el negocio como lo hacen otras actividades de la empresa tales como marketing, ventas o I+D+i, pero sin la labor de gestión de riesgos que realizamos los in house, el negocio podría peligrar por la asunción de excesivos riesgos legales y reputacionales, que podrían llevar a la empresa a su desaparición. Dar a conocer los riesgos, medirlos adecuadamente, plantear alternativas para mitigarlos o evitarlos, y hacer que el órgano de administración sea consciente de los mismos a la hora de la toma de decisiones, es una de las principales labores del abogado in house.

De hecho, el departamento que usted dirige en Grupo Puma se denomina Jurídico y de Cumplimiento Normativo. ¿Cómo ha adaptado sus procesos en esta materia?

En efecto, a raíz de la modificación del Código Penal y la introducción de la responsabilidad penal de la persona jurídica, el departamento que dirijo en el seno de la corporación empresarial, no solo tiene por función la llevanza del área legal y fiscal del grupo, sino también la implementación, ejecución y auditoria del programa de cumplimiento normativo del grupo que abarca a más de 30 sociedades de distintos sectores de actividad. A tal fin asesoramos al Comité de Cumplimiento, del que formo parte junto con otros directores de la compañía, y que es el órgano encargado de vigilar que se cumpla el programa de cumplimiento normativo, y una de las abogadas del departamento- Dª. Eva Guerrero- es la secretaria de dicho órgano y quien coordina la supervisión y auditoria del programa. En este sentido, la implantación del programa de compliance nos ha supuesto un ingente trabajo interno, y destinar una parte de los recursos del departamento no sólo a su elaboración- en coordinación con otras áreas de la empresa- sino a su ejecución y control, pero entendemos que es una función necesaria para la empresa y que ha ayudado a repensar y explicitar procesos y detectar áreas de mejora.

Como director Jurídico y de Cumplimiento Normativo estará prestando especial atención a la Norma UNE 19602 sobre Compliance Tributario que, previsiblemente, entrará en vigor en este primer trimestre. ¿De qué manera va a afectar a las empresas?

En efecto, la hemos analizado a fondo, y pensamos que ayudará a revisar las políticas y procedimientos fiscales de las compañías, así como a facilitar su relación con la administración tributaria. Ya se había avanzado en esta materia con el Código de Buenas Prácticas Tributarias, pero la aprobación en breve de la norma permitirá en los próximos años certificar los procesos de las compañías en materia tributaria, y dotarla de un mejor funcionamiento y mejores controles de sus actuaciones fiscales, así como de seguridad ante la contingencia de una posible infracción administrativa o penal en esta materia.

Otro punto de atención en su día a día se encuentra en el artículo 348 bis de la ley de Sociedades de Capital con la nueva regulación del derecho de separación del socio. ¿Le parece que la nueva redacción del artículo fortalece la norma?

La modificación debe ser bienvenida porque la redacción anterior del precepto daba lugar a muchas dudas. Con la nueva norma se reduce considerablemente el ámbito de aplicación del artículo al excluir a un amplio abanico de sociedades del mismo, el porcentaje del dividendo exigible pasa del 33% al 25%, y al mismo tiempo se plantea un escenario más moderado en la política de retribución de dividendos que en la redacción anterior, al permitir atender a los repartos de dividendos que ha realizado la compañía en los últimos tres años. No obstante, en mi opinión el gran logro de la nueva redacción es que aclara su carácter dispositivo y que puede ser excluida por modificación estatutaria, con determinados requisitos, y el gran problema radica en su intento de aplicación a los grupos de sociedades, que requerirá de mayor concreción en sede judicial.

¿Gestionan las empresas españolas de forma adecuada sus riesgos legales en los procesos de internacionalización?

La internacionalización es un reto para todas las empresas y también para los departamentos Jurídicos in house, ya que supone conocer nuevos entornos y sistemas legales, en ocasiones con el añadido de la distancia geográfica, y por supuesto cultural. Para tener éxito en estos procesos, y siempre desde el punto de vista legal, es preciso acertar en los partners que nos asesorarán en el país de destino, tener una comunicación fluida con los mismos, hacerles conocedores de nuestro negocio y de nuestras líneas rojas en cuanto a la asunción de riesgos legales en el país de destino. Es un proceso muy enriquecedor pero tremendamente exigente en términos de recursos y dedicación para el área jurídica interna de una empresa, y por desgracia, habitualmente no hay dos países ni dos proyectos internacionales que sean similares, con lo cual exportar las mejores prácticas también resulta algo complicado.

La realidad social es cambiante y siempre se ha dicho que el derecho va por detrás de ella. ¿La brecha es aún mayor si hablamos de la transformación digital?

La profesión legal, en términos generales, es poco propicia a la innovación y a los cambios. No obstante, la transformación digital hay que afrontarla como una oportunidad para los departamentos Jurídicos in house, ya que nos permite optimizar procesos y reducir costes, que es uno de los "caballos de batalla" de cualquier departamento corporativo en el seno de un grupo. Digitalización, firma electrónica, mecanización de procesos y operaciones de escaso valor añadido, son oportunidades para el área legal de la empresa que debemos abrazar y potenciar, y en este sentido debemos estar abiertos a recibir ideas de cualquier partner que nos facilite y simplifique nuestro trabajo con nuevas herramientas digitales.

¿En qué grado de madurez se encuentran las organizaciones en cuanto a conocimientos sobre smart-contracts, blockchain, contratación de productos informáticos, prueba electrónica…?

Aunque siempre depende del sector de actividad donde se desenvuelva la organización, creo que en términos generales nuestros conocimientos son aún muy básicos porque es incipiente el uso que actualmente estamos haciendo de smart-contracts o blockchain en las empresas e instituciones. No obstante, me atrevo a asegurar que en un futuro próximo el desarrollo de estas tecnologías modificará nuestra forma de relacionarnos y hacer negocios y, por supuesto, nuestra práctica legal, viniendo acompañada de una regulación adecuada que entienda las singularidades que dichos instrumentos plantean. Y para los departamentos Jurídicos in house será un reto avanzar en este aprendizaje y encontrar la mejor forma de, con estas nuevas tecnologías, aportar valor a nuestra tarea legal y al negocio de la compañía.

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