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29/03/2024. 03:16:10

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Una aportación esencial

María Isabel Valdés-Solís Cecchini. Decano del Ilustre Colegio Notarial de Asturias

El mundo jurídico es uno de los ámbitos donde las mujeres nos hemos incorporado masivamente a un mundo profesional. A lo largo del siglo XX vemos cada vez más presencia de las mujeres en todos los sectores, siendo al final del mismo y a los comienzos del siglo XXI, algo normal y natural. Como notario en ejercicio ya hace muchos años, he visto como la presencia de la mujer en el desempeño de mi profesión es totalmente aceptada, e incluso especialmente valorada.

En el Notariado, la incorporación de la primera mujer notario tuvo lugar con Consuelo Mendizábal en 1942, con la que tengo la suerte de compartir ciudad de nacimiento. Sólo ella y otras dos mujeres -Margarita Baudín Sánchez, en 1944 y Carolina Bono Huerta en 1947- accedieron al Notariado en esa época. Con la prohibición de acceso de las mujeres, hay que esperar a la ley 56/1961, para que se autorice el acceso al Notariado, y a otras profesiones, a las mujeres.

Parece extraño que haya que esperar a estar avanzada en más de una década la segunda mitad el siglo XX, para que se normalice la situación.

Actualmente existe una casi paridad de hombres y mujeres, y en las últimas oposiciones ha sido superior el número de aprobados mujeres que hombres.

Creo que la aportación de los notarios y notarias a la vida jurídica es esencial. Formamos parte de la seguridad jurídica preventiva en el momento previo e inmediato en que se formaliza el negocio jurídico de que se trate. Asesoramos, indagamos la voluntad, traducimos a términos jurídicos la voluntad, deseos y preferencias expresadas por los interesados, y explicamos, en términos sencillos y hasta gráficos, el significado y alcance de aquello que van a firmar.

Como dice el Reglamento Notarial, en su articulo 1…..” Los notarios son a la vez funcionarios públicos y profesionales del Derecho, correspondiendo a este doble carácter la organización del Notariado. Como funcionarios ejercen la fe pública notarial, que tiene y ampara un doble contenido:

a) En la esfera de los hechos, la exactitud de los que el notario ve, oye o percibe por sus sentidos.

b) Y en la esfera del Derecho, la autenticidad y fuerza probatoria de las declaraciones de voluntad de las partes en el instrumento público redactado conforme a las leyes.

Como profesionales del Derecho tienen la misión de asesorar a quienes reclaman su ministerio y aconsejarles los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que aquéllos se proponen alcanzar…”.

Pienso que la sociedad y el mundo jurídico están mucho más completos con la aportación que realizamos las mujeres juristas, siendo nuestra presencia en ella expresión de la normalidad.

Como decana del Colegio Notarial de Asturias observo con que naturalidad se asume por la sociedad, el ejercicio profesional por las mujeres, y la gran profesionalidad y perfecto desarrollo de la función pública que tenemos encomendada, como no podía ser de otra manera.

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