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26/04/2024. 01:24:32

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PARA RANDSTAD Y SAGARDOY ABOGADOS

La reforma laboral sigue presentando incertidumbres en la aplicación práctica de la negociación colectiva

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En un desayuno laboral celebrado a finales de febrero con la participación de Randstad y Sagardoy Abogados se ha puesto de relevancia cómo se está aplicando la reforma laboral fundamentalmente en materia de negociación colectiva (convenios de empresa, ultra actividad e inaplicación del convenio colectivo y flexibilidad interna). Destacó la referencia a la incertidumbre jurídica que provoca la ultraactividad y la eficiencia que están demostrando las posibilidades de flexibilidad interna laboral de las empresas.

Distitnas ocupaciones

La directora del Departamento Jurídico de Randstad, Mariola Sánchez, resaltó que "nos han puesto parches en materia de contratación, en lugar de llevarse a cabo una reforma laboral eficaz y adaptada a las necesidades del mercado laboral. Bien es cierto que a la negociación colectiva se le deja disponer de medidas de flexibilidad, pero, desde el punto de vista de la contratación no se ha avanzado mucho desde hace seis años, no ha habido ninguna modificación sustancial en materia de modelos contractuales".

Por otro lado, también ha querido apuntar que aunque el trabajador de ETT no se rija por el convenio, en la práctica "sí se ve afectado por el mismo". Según la reforma del artículo 11, el trabajador puesto a disposición tiene derecho a la aplicación de las condiciones esenciales de trabajo y empleo, como remuneración, duración de la jornada, horas extraordinarias, .

Ultra actividad, problemas no resueltos

El desayuno laboral contó con la participación de Sagardoy Abogados a través de la presencia de Martín Godino (socio director), y Manel Hernández y Marc Carrera (socios co-directores de la oficina de Barcelona).

El bufete ha querido recordar que cuando apareció la regulación de la ultra actividad parecía que iba a ser el tema estrella, pero todavía, en la actualidad, no existe sentencia sobre la aplicación de la reforma por parte del Tribunal Constitucional".

Según sus datos, "el 56% de los convenios publicados incluyen cláusulas que prolongan esta ultra actividad o la hacen indefinida". Precisamente estos expertos se preguntaron durante los desayunos laborales sobre algunos problemas no resueltos en relación a este concepto, como, por ejemplo, si el año debe contarse desde que ha finalizado el plazo de duración o desde el momento de su denuncia, así como cuál es el convenio de ámbito superior, ya que la casuística puede ser muy variada.

Convenios de sector – convenios de empresa

Respecto a la evolución del número de convenios totales, Sagardoy Abogados asegura que se ha detectado "un repunte a partir de 2013, aunque no muy significativo". Tras su análisis, señala que "no se ha producido una huida de convenios de sector a convenios de empresa, en los que los aumentos salariales están siendo algo más moderados, pero con diferencias mínimas.

En esta línea, Sagardoy Abogados también ha querido manifestar que "las experiencias de los convenios de empresa dan muchas posibilidades, con amplio margen para ayudar en la gestión de la empresa".

En cuanto a la puesta en marcha de la reforma laboral, el bufete opina que ésta incluye "medidas de flexibilidad interna que, aunque no gusten, muchas de ellas están funcionando".

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