Con la aprobación el pasado 17 de enero en las Juntas Generales de Guipúzcoa de las nuevas Normas Forales del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto de la Renta de sobre las Personas Físicas, para los ejercicios iniciados a partir de 2014, en unos términos prácticamente idénticos a los que se aprobaron las mismas normas en los Territorios Históricos de Vizcaya y Álava en el mes de diciembre de 2013, un espectador ajeno puede llegar a considerar que se ha alcanzado una absoluta armonización fiscal entre los territorios vascos.

Sin embargo, existe un aspecto diferencial en la normativa guipuzcoana, de una importancia notablemente superior a las pequeñas diferencias que podían existir entre las Normas Forales de IS e IRPF anteriormente en vigor, y no es otro que el Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas aprobado a finales de 2012, para los ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2013 y actualmente en vigor.
Entre sus elementos diferenciadores con respecto al Impuesto sobre el Patrimonio al que sustituye, y que se encuentra en vigor, tanto en el resto de territorios forales, como en Territorio Común, se podrían destacar los dos siguientes:
- Elimina la exención de los bienes y derechos de las personas físicas necesarios para el desarrollo de su actividad profesional o empresarial, siempre que se ejerza de forma habitual, personal y directa por el contribuyente y constituya su principal fuente de renta, sustituyéndose por una bonificación del 75% de la cuota íntegra que corresponda a dichos bienes y derechos.
- Elimina el conocido como "escudo fiscal", esto es el límite según el cual la cuota íntegra del impuesto junto con la del IRPF no pueden superar el 60% (elevado al 65% en Vizcaya y Álava) de la base imponible general y del ahorro del IRPF.
Como es imaginable, estas dos medidas llevan a incrementar sustancialmente las facturas por este Impuesto de muchos contribuyentes guipuzcoanos, especialmente pequeños y medianos empresarios que hablan de la confiscatoriedad de este nuevo Impuesto en el sentido de que, en ocasiones, la cuota a pagar puede resultar superior a las rentas percibidas en el ejercicio.
En consecuencia, es comprensible que muchos de ellos no se encuentren dispuestos a hacerlo cuando sus vecinos alaveses, vizcaínos o del resto del Estado soportan un impuesto mucho más reducido, e incluso nulo, repitiéndose el éxodo de que se produjo en 2008, cuando sólo Guipúzcoa mantuvo el Impuesto de Patrimonio y que se estima en la "pérdida" de 400 grandes fortunas y unos 10 millones de euros de ingresos (sólo en Impuesto de Patrimonio, a lo que habría que añadir el impacto en los ingresos de IRPF).
Por lo tanto, los efectos recaudatorios y "migratorios" de esta medida, que la Hacienda Foral de Gipuzkoa estima en un incremento de unos 9 millones de euros, se podrán comprobar una vez finalizadas las Campañas de Renta y Patrimonio, a finales del próximo mes de junio.
Parece que la armonización efectiva del Impuesto de Patrimonio está en la agenda de PNV, PSE y PP, impulsores de la armonización del IRPF y el IS, si bien cabe plantearse si será demasiado tarde para Guipúzcoa.
asociado senior de Deloitte Abogados