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27/04/2024. 04:38:57

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La inteligencia artificial (IA) para hacer (LA) eficacia jurídica en la publicidad digital empresarial que se le comunica al consumidor

Ph.D. en DerechoFundador de JURÍDIA, Academia de Filosofía del Derecho para abogados/equipos de abogadoswww.juridia.co / fundador@juridia.co

Inteligencia artificial

En la teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital (creada por el autor del escrito) -la- inteligencia artificial significa un producto. Es un producto. Propiamente: es el producto creado por el bien, el servicio o el bien y el servicio que involucra. Y: es un producto que cuando (si) es válido (jurídicamente) hace que exista eficacia jurídica en su ser (en el ser denominado: inteligencia artificial -en el ser de la inteligencia artificial. En la inteligencia artificial-) y en el (cada -todo-) ser que depende de su ser (en lo que depende de su ser -es decir: en lo que depende de la inteligencia artificial-).

Por eso: la inteligencia artificial puede hacer que exista (la) eficacia jurídica en (relación a -en lo relacionado con. En cada ser que hace parte del ser de y en cada ser relacionado con-) la (una -cada-) publicidad (y en el ser denominado: publicidad -en el ser de la publicidad. En la publicidad-). Lo hace cuando (si) es válida (jurídicamente). Propiamente: esa eficacia jurídica existe cuando existe la inteligencia artificial válida (jurídicamente).

El artículo explica el fundamento jurídico para hacerlo en (relación a) la publicidad digital empresarial.

Desarrollo

No existe inteligencia artificial (I.A.). Existe o no existe (la -una-) inteligencia. Y: cuando un producto funciona con (bajo) la forma de (por medio de -con el medio de-) la (una) inteligencia no existe la (una) inteligencia artificial. Existe la (una) inteligencia que hace que exista la función inteligente (la función de la -una- forma inteligente) en (relación a) un producto.

Propiamente: la (denominada) inteligencia artificial es un medio (para hacer la -una- función inteligente). Es un medio que involucra variables análogas (cuando son -están. Existen- en átomos) y/o digitales (en general: electrónicas -cuando son, están, existen, en bits-), según el caso. Y: es un medio gobernado por el derecho cuando es un elemento (que hace parte) de la (una) relación jurídica (extracontractual y/o contractual, según el caso). Porque: causa (produce -genera-) efectos (jurídico) en relación a esa vínculo jurídico. Entonces: el derecho le aplica -procede- (a la medida del -de cada- caso).

A la vez: es un medio que (según el caso) puede hacer (incluido: crear) -la- validez jurídica (en lo relacionado con su funcionamiento -con su campo de acción. Incluido: con su efecto. Incluido: con sus efectos. Con cada efecto, varios de sus efectos, todos sus efectos y el todo de su efecto creado por la unión de sus efectos-). Es decir (según el caso): puede hacer que el (propiamente: que una parte, varias partes o el todo del) ser del caso (el ser denominado: caso -el caso-) coincida con el (su) deber ser (jurídico) -a la medida del caso-. Porque (según el caso): puede hacer (hace) que el caso sea de la forma en la que le aplica (procede) el derecho (a su ser -al ser del caso-) -en lo que depende de su naturaleza, objeto y alcance. Es decir: en lo relacionado con la naturaleza, el objeto y el alcance del medio. De ese medio. De ese medio de acción (incluido: de omisión) humana. De la inteligencia artificial-.

Por eso: puede hacer la existencia de la (puede hacer que exista) eficacia jurídica en el caso (a la medida del caso) -en lo relacionado con su ser. Con el ser denominado: inteligencia artificial. Con la inteligencia artificial-. Porque: si (cuando) el caso coincide con el derecho (es decir: con el -su- deber ser jurídico. Propiamente: con el deber ser jurídico que debe ser el ser del caso -el caso- para ser válido -jurídicamente-) se hace la existencia del (se hace que exista -incluido: a nivel formal y material. En lo formal y en lo material. Al ser las dos dimensiones de existencia, de la existencia, del caso- el) goce de los derechos y del (el) cumplimiento de los deberes aplicables (procedentes -que proceden-) en el caso (a la medida de su ser -del ser del caso. Del caso-). En lo relacionado con la capacidad (funcional -de funcionamiento. Del funcionamiento-) de la inteligencia artificial (involucrada en el caso).

Y: si (cuando) hace la existencia de (si existe) la eficacia jurídica hace que exista (existe) la seguridad jurídica en el caso (a la medida del caso). En lo relacionado con la funcionalidad (la función -incluido: cada función, varias funciones, todas las funciones y el todo de la función creada por la unión de sus funciones- existente -existentes- en el ser) -incluido: el (cada. Todo) efecto (jurídico)- del (de ese) medio (es decir: de la inteligencia artificial -propiamente: en lo relacionado con la función existente en el ser del medio denominado inteligencia artificial. En la inteligencia artificial). Porque: se hace la existencia del reconocimiento (incluido: la vinculatoriedad) y de la protección jurídica del ser del caso (en lo relacionado con la inteligencia artificial) al ser (un ser -el ser del caso. El caso-) válido (jurídicamente).

 

Entonces: la empresa (mercantil -comercial-) debe ser diligente en hacer el caso válido (jurídicamente) al ser la forma de hacer la existencia (que exista) de (la) validez, (la) eficacia y (la) seguridad jurídica (en el caso, según el caso y a la medida del caso) -en lo relacionado con la diligencia (jurídica) que le aplica a su ser (a la empresa) con base en su perfil jurídico en el caso. Según el caso y a la medida del caso-. Entonces: debe ser diligente (jurídicamente) en crear y/o usar (según el caso) la inteligencia artificial (que sea) necesaria (cuando es necesaria) para hacer (parcial o totalmente, según el caso) el (ese -cada-) caso válido.

Entonces (la empresa -mercantil. Comercial-): debe prever (en general: definir) y hacer que la inteligencia artificial sea de la capacidad (dentro de lo -que sea- posible -incluido: previsible, controlable y atendible- con -bajo- su perfil -jurídico- de empresa mercantil -comercial- en su mercado) que haga la existencia de la (esa) validez, eficacia y seguridad jurídica (en el caso, según el caso y a la medida del caso) -en lo que depende, según la forma en la que le aplica (procede) la diligencia (jurídica) a la empresa, del ser de la inteligencia artificial. Del inteligencia artificial-.

Por eso: el caso (el ser del caso -la forma del caso-) define la forma en la que le aplica (procede) la diligencia (jurídica) a la empresa (mercantil -comercial-) -en general: define la forma en la que le aplica (procede) la diligencia (jurídica) a cada parte de (involucrada en) la relación jurídica. Al ser (la diligencia -jurídica-) la forma necesaria para hacer el (que el) caso (sea) válido (jurídicamente). Porque: es la forma de la acción (incluido: de cada acción, varias acciones y el toda de la acción creado por la unión de las acciones involucradas en el caso) necesaria para hacer el caso válido (jurídicamente). Propiamente: es la forma de hacer que el caso coincida con el derecho -es decir: con el (su) deber ser jurídico- (a la medida de su ser -del ser del caso. Del caso-).

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Y: el caso (el ser del caso -la forma del caso-) define la forma de su validez (jurídica) -se aclara: el derecho define la forma (general) de la validez, jurídica, pero el caso la concreta. A la medida de su ser. Ya que: el derecho (es decir: el deber ser jurídico) aplica en el, según el (cada), a la medida del, caso-. Porque: define la forma de la existencia de (en la que debe -incluido: en la que puede- existir -según la forma en la que aplica, procede, la diligencia, jurídica, en el caso. Propiamente: según la forma en la que le aplica, procede, la diligencia jurídica a cada parte involucrada en el caso. Es decir: según la forma en la que le aplica, procede, la diligencia jurídica a cada parte involucrada en la relación jurídica denominada caso. Relación que se denomina caso cuando es definida en el tiempo y el espacio, que es, necesario para la existencia del goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes que le aplican, proceden) la coincidencia del ser del caso (el caso) con el (su) deber ser (jurídico) -a la medida del caso-.  

Por eso: si (cuando) la empresa (mercantil -comercial-) es diligente (jurídicamente) hace (la existencia de la) validez (jurídica) -en lo que depende de su ser. Del ser de la empresa. Del ser denominado: empresa. De la empresa-. Lo que hace que su publicidad digital (que es un acto jurídico unilateral de la empresa -es un acto de la empresa hacia el consumidor)- sea válida (jurídicamente). Porque: se crea, se comunica, funciona y (su -cada. Todo- efecto -jurídico-) se atiende de la forma que coincide con el derecho (con el -su- deber ser -jurídico-). A la medida de su ser. Del ser denominado: publicidad. Propiamente: del ser denominado publicidad digital empresarial (ya que: es una forma de publicidad con variables análogas y digitales que se definen a la medida del -de cada- caso).

Y: esa coincidencia solo existe cuando se hace la (su) existencia (la existencia de la -esa- coincidencia) de la forma que coincide con la forma en la que el caso coincide con el derecho. Porque: la coincidencia de la publicidad con el (su) deber ser (jurídico) se define con base en la forma en la que el derecho le aplica (procede) al caso. Ya que: el caso es el que define la forma (general) de la (su) validez (jurídica). Y: la publicidad es (solo) una parte del (del ser del) caso. Entonces: el todo (del caso -el caso-) es el que define la forma de aplicación y de coincidencia del derecho a la medida de su ser (del ser del caso -del caso-).

 

Aunque: cada parte define la forma diligente (jurídicamente) de la coincidencia (concreta) de su ser (del ser denominado: parte del caso -de la parte del caso-) con el derecho. Pero (esa coincidencia): está condicionada a que (es decir: solo es una coincidencia diligente si) coincida (coincide) con la forma de la coincidencia definida por medio del ser del caso (del todo del caso -del caso-). Porque: lo contrario es una arbitrariedad. Es parcializar el derecho de una forma negligente. No es aplicar el derecho. Porque: es una visión y/o atención (según el caso) falaz.

Ya que: no hace que exista validez (jurídica). Al no existir (inexistir) la coincidencia del ser del caso (del caso) con el (su) deber ser (jurídico). Al pretender que una parte del (ser del) caso es válida (jurídicamente) porque coincide con el derecho de la (una) forma que (solo) atiende su ser (y que define la forma de aplicación -procedencia- del derecho -solo- con base en la -esa- parte). Desatiendo el tiempo y el espacio de (toda) la relación jurídica. Desatendiendo la coincidencia del caso con el derecho. Porque: la aplicación (procedencia) del derecho (solo) se define con base en (toda) la relación jurídica (propiamente: con base en el caso). Y: la diligencia (jurídica) es la forma (discrecional -no arbitraria-) de definir y atender (incluido: de hacer la coincidencia del caso con) el derecho (a la medida del caso).

Entonces: la coincidencia existe cuando (tanto) el todo y (como) la parte del (ser del) caso coinciden con la forma en la que le aplica (procede) el derecho a la relación jurídica. Por eso: la relación jurídica (en su totalidad) es la que define la forma del derecho en el caso (incluido: la forma de la coincidencia del derecho con el ser del caso -con el caso-). Por eso: cuando la inteligencia artificial es necesaria para hacer esa coincidencia (total o parcialmente, según el caso) es un deber (jurídico -al ser la forma de hacer la existencia de la validez y, la consecuente, eficacia y seguridad jurídica-) crearla y/o usarla (según el caso). Al ser la forma diligente (jurídicamente) de hacer (la existencia de) la publicidad (digital empresarial) válida (jurídicamente) -en general: al ser la forma diligente (jurídicamente) de hacer (la existencia del) el caso válido (jurídicamente)-.

Y: si (cuando) el consumidor (en general: si -cuando- cada parte de la relación jurídica) es diligente -jurídicamente- (a la medida de la forma en la que le aplica, procede -la diligencia, jurídica- a la medida del perfil jurídico que tiene, que existe en -la parte. Cada parte. De la relación jurídica-) se hace el caso válido (jurídicamente). Al existir la relación jurídica que coincide (totalmente) con el derecho (con el su deber ser jurídico) -en el caso, según el caso y a la medida del caso-. Haciendo que en el caso exista la calidad de vida definida en el derecho. Es decir (haciendo que en el caso exista): el goce de los derechos y el cumplimiento de los deberes que le proceden (aplican).

Entonces: la teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital hace que exista esa calidad de vida si (cuando) se (la) aplica (diligentemente -jurídicamente-) a la medida del (de cada) caso de publicidad digital empresarial -propiamente: a la medida de la (cada) relación jurídica que se forma con base en la (una) publicidad digital de la empresa (mercantil. Comercial)-. Y (en general): su fundamento (jurídico) -el fundamento de la teoría- se puede aplicar en cualquier (cada -todo-) caso para hacer que sea válido (jurídicamente). Haciendo calidad de vida en la (cada -toda-) relación jurídica. Ya que: la teoría define (incluido: aclara) y permite la (forma de la) existencia de la validez, la eficacia y la seguridad jurídica (en el caso, según el caso y a la medida del caso).

 

Conclusión

En la teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital la forma de la inteligencia humana que es válida (jurídicamente) es la que coincide con el deber ser (jurídico) que le aplica (procede) a esa (la) forma (incluido: al -a cada. Todo- efecto de la -esa. Una- forma). Y: esa forma se denomina (incluido: se define como) -la- diligencia.

Entonces: cuando la empresa (mercantil -comercial-) es diligente (jurídicamente) hace que la (cada toda) inteligencia (humana y/o no humana, según el caso) relacionada con su ser haga (que exista la) eficacia jurídica (en el -cada. Todo- ser relacionado con la -cada. Toda- inteligencia) -en lo relacionado con la (esa -cada. Toda-) inteligencia-.

Por eso: cuando la diligencia (jurídica) define que la (denominada) inteligencia artificial es necesaria para hacer la publicidad digital empresarial válida (jurídicamente) -en general: para hacer el caso válido (jurídicamente) de publicidad digital empresarial- se debe crear y/o usar de la forma que haga que su ser (el ser de la -esa- publicidad -la publicidad-) coincida con el derecho (con el -su- deber ser jurídico -en el caso, según el caso y a la medida del caso-).

Haciendo que en la (esa) publicidad exista (la) validez, (la) eficacia y (la) seguridad jurídica.

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