Tras el detenido estudio del asunto, la preparación del informe constituye un ejercicio de reflexión estratégica, ya que cuando encaramos esta fase debemos sopesar todo el material estudiado con el fin de plantear la estrategia más acorde con nuestras pretensiones. Ya sabemos cuáles son los hechos; incluso disponemos de una idea aproximada de cómo se va a desarrollar la prueba; también sabemos las normas jurídicas, doctrina y jurisprudencia aplicables al caso. Ahora, por tanto, toca reflexionar y hacernos las siguientes preguntas: ¿cuál es mi propósito? ¿qué voy a decir? ¿en qué orden lo voy a hacer? ¿cómo lo haré?

¿CUÁL ES MI PROPÓSITO?
En cuanto a la primera pregunta y teniendo en cuenta que a través del informe forense pretendemos convencer y persuadir al Juez de la preferencia de nuestra argumentación sobre la del adversario, hemos de disponer con absoluta claridad de cuál o cuáles son los objetivos o propósitos que pretendemos obtener con nuestro alegato. Quizás, tengamos la tentación de afirmar, de forma general, que el objetivo es ganar el juicio. Sin embargo, esto no deja de ser una obviedad, ya que nuestro propósito debe ir más allá, a través de la creación de una serie de objetivos concretos que nos lleven finalmente a ese propósito más general. Con ello, lo que se pretende es que el abogado, al enfrentarse a la preparación del informe, sepa sobre qué argumentos, planteamientos o ideas quiere convencer y persuadir al juez. Una vez delimitadas estas ideas, ya dispondremos del norte necesario para poder avanzar en la elaboración del informe de forma organizada, coordinada y coherente.
Por lo tanto, a través de la respuesta a la pregunta ¿Cuál es nuestro propósito con el informe forense?, penetramos en la raíz del litigio y encontramos el por qué de nuestra intervención: probar determinados hechos y argumentar en derecho, ¿para qué?, pues para ganar el caso o para, en el supuesto de ser desestimada nuestra demanda, reducir al máximo el perjuicio que pudiera causarnos la pretensión económica de la reconvención. Ahora, con estos datos, ya podemos trabajar con más sosiego en la elaboración del informe, con la seguridad de que podremos trazar la ruta adecuada para llegar a nuestro destino.
¿QUÉ VOY A DECIR?
La respuesta a esta pregunta es sumamente sencilla: 1) hechos, 2) prueba de los hechos y 3) argumentos.
Efectivamente, el objeto del informe debe limitarse a exponer al Juez los hechos que consideramos han quedado probados; la fuente de dicha evidencia, es decir, la prueba; y con dicha base fáctica, los argumentos jurídicos en los que fundamos nuestra pretensión y aquellos que refutan la tesis contraria. Todo lo que no se circunscriba a dichos elementos sobra del informe, como sobran los juicios de valor, las opiniones y las afirmaciones y conclusiones, incluso jurídicas, que no se encuentren avaladas por una prueba. Ello es así dado que a la hora de resolver un caso, los jueces valoran primordialmente que la argumentación esté basada en unos hechos que hayan quedado debidamente probados, por lo que cualquier exposición que prescinda de estos elementos podrá sonar muy bien, pero carecerá del contenido necesario para persuadir. Lógicamente, en los supuestos en los que se debaten cuestiones exclusivamente jurídicas (la interpretación de una estipulación contractual), la base del informe serán los argumentos estrictamente jurídicos.
¿CÓMO LO VOY A DECIR?
Lo cierto es que el informe debe cumplir con los requisitos de organización y estructura. Un informe requiere que las ideas que lo componen se expongan de forma ordenadas para que lleguen al juez con la necesaria coherencia facilitando la comprensión de las mismas, y ello se consigue a través de la estructura, es decir, del cumplimiento de unas pautas técnicas que permiten que las ideas se expongan no solo ordenadamente, sino con coherencia, a través de su inclusión en el apartado más adecuado del informe. Por tanto, los hechos, pruebas y argumentos deberán no sólo exponerse integradas en cada uno de estos tres bloques, sino que además, dentro de los mismos, deberán seguir un orden lógico que permita continuar el hilo argumental iniciado con los hechos y que concluye con los argumentos. Con independencia de lo anterior, este conjunto ordenado de ideas deberá someterse a una estructura general propia de la división del informe.
Abogado. Experto en habilidades profesionales
@oscarleon_abog
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla