LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

20/04/2024. 11:23:22

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Blog Revista Aranzadi Doctrinal

Contrabando de tabaco: absuelto en primera instancia y condenado en apelación

Izaskun Arratibel Pastor
Licenciada en Derecho

STEDH de 16 de diciembre de 2008 (TEDH 2008, 101) Caso Bazo González contra España Proceso equitativo. Garantías procesales. Recurso de apelación penal.

Contrabando de tabaco: Absuelto en primera instancia y condenado en apelación

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos recuerda que para la aplicación del art. 6 del CEDH a los procesos de apelación, conviene tener en cuenta el conjunto del proceso interno y el alcance otorgado a la jurisdicción de apelación en el orden jurídico nacional. El Tribunal considera que la ausencia de vista pública no vulneró el derecho del demandante a un proceso equitativo.

  • Supuesto de hecho
    Demanda de ciudadano español contra el Reino de España por vulneración del derecho a un proceso equitativo en cuanto a la ausencia de garantías procesales en recurso de apelación penal. Condena en apelación sin vista pública (SAP Vizcaya, de 18 diciembre 2002 [JUR 2003, 124384]).
  • Criterio o ratio decidendi
    El Tribunal recuerda que para la aplicación del artículo 6 del CEDH a los procesos de apelación conviene tener en cuenta el conjunto del proceso interno y el alcance otorgado a la jurisdicción de apelación en el orden jurídico nacional.
    En el derecho español, la práctica de pruebas en apelación penal es de carácter extraordinario y restringida a tres supuestos: Las que el demandante no haya podido presentar en primera instancia, las presentadas pero rechazadas sin motivación y las declaradas inadmisibles que no han podido ser practicadas en primera instancia por razones ajenas al demandante.
    La Audiencia resolvió expresamente que no le correspondía realizar una nueva valoración de las pruebas practicadas en primera instancia y se limitó a efectuar una interpretación diferente a la del juez «a quo» acerca de las actividades despenalizadas en aplicación de la Ley 13/1988, del Mercado de Tabacos. El demandante tuvo la oportunidad, con la asistencia de un abogado, de responder a las alegaciones del Ministerio Fiscal y del Abogado del Estado.
    El Tribunal considera que la ausencia de vista pública no vulneró el derecho del demandante a un proceso equitativo.
  • Documentos relacionados (Si es usted cliente de Westlaw, puede consultar esta información)
       Caso Ekbatani c. Suecia (TEDH 1988, 10)
       Caso Botten c. Noruega (TEDH 1997, 10)

¿Quiere leer otros post de ?

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

Blog

Blog RAD

Te recomiendo

«Yo sólo sé que no sé nada», dijo Sócrates.

Cada vez me ronda más esta idea. ¿No nos  ocurre que cuanto más estudiamos y más al día intentamos estar, mayor es la inseguridad sobre nuestros  propios conocimientos jurídicos?

La relación es directamente proporcional, cuando lo lógico es que fuera inversa.

En un intento de mitigar esta desazón, surge el blog Revista Aranzadi Doctrinal. De manera concisa, divertida y con gran rigor jurídico, casi diariamente ofreceremos pequeñas dosis de la más relevante y novedosa doctrina de los distintos tribunales  de los diversos órdenes jurisdiccionales. Se enriquece  con información sobre su grado de seguimiento en la propia plaza o en otras sedes.

Este blog es hijo de la revista mensual de la que toma su nombre: Revista Aranzadi Doctrinal.

La ágil pluma de nuestra decena de colaboradores, donde conviven experimentados analistas de jurisprudencia,  abogados en ejercicio, magistrados y en definitiva, profesionales del derecho en sus más diversas vertientes, habrá cumplido su objetivo si logramos que queden grabadas en la retina y en la mente ideas claves y claras sobre la tendencia de la práctica judicial.

Por supuesto, será muy bienvenida toda colaboración u opinión. Pretendemos ser un foro de comunicación y sano debate jurídico.

El equipo del Blog Revista Aranzadi Doctrinal está compuesto por:

  • Raquel Jiménez (coordinación)
  • Yolanda Ansó Munárriz
  • Carlos Polite Fanjul
  • Juan Iribarren Oscáriz
  • Germán Elizalde Redín
  • Carlos González González
  • Asun Sola Pascual
  • Vanessa Ferrer Silva
  • Inmaculada César Sarasola
  • Pilar Ollo Luri
  • Patricia E. Durá Purroy
  • Isabel Burusco Elizondo
  • Emilia Zozaya Miguéliz