STS (Sala de lo Penal) núm. 105/2009, de 30 enero 2009 (RJ 2009, 331) Corrupción de Menores
El Tribunal Supremo considera que el mero uso de este tipo de programas no implica una intención de distribuir el material pornográfico obtenido, debiendo analizarse caso por caso si el acusado tiene intención de consumir para sí mismo dicho material o compartirlo con terceras personas.
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Supuesto de hecho
Descarga a través de programas «peer to peer» tipo «Edonkey» y «E-mule» de contenidos de pornografía infantil. La Sentencia de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Barcelona considera que procede condenar al acusado por un delito de corrupción de menores por aplicación del tipo agravado del art. 189.1 b) relativo a la distribución de ese tipo de material. -
Criterio o ratio
decidendi
El TS realiza un estudio de la estructura del tipo de corrupción de menores, relacionándolo con la actual problemática que supone la descarga de pornografía infantil por medio de programas que de forma automática ponen a disposición de cualquier usuario externo todos los archivos descargados.
Se estima el recurso de casación interpuesto y se absuelve al acusado del delito de corrupción de menores agravado, condenándole por el más atenuado de posesión para el propio uso de dicho material contemplado en el art. 189.2 CP.
Se considera que el mero uso de este tipo de programas no implica una intención de distribuir o de poner a disposición de cualquier usuario el material pornográfico obtenido, debiendo analizarse caso por caso la posibilidad de que concurra un error de tipo relativo a los conocimientos que los acusados puedan tener sobre informática y sobre el uso de tales programas que diferencie así su intención de consumir para sí mismo dicho material o compartirlo con terceras personas. -
Documentos relacionados (Si es usted cliente de Westlaw, puede consultar esta información)
– Confronta en el mismo sentido
Sobre supuestos similares:
SAP Cuenca (ARP 2008, 533)
SAP Madrid, núm. 462/2008, sección 6ª, de 26 septiembre.
– Confronta en sentido contrario
Sobre supuestos similares:
STS núm. 829/2008 (RJ 2008, 7751)
STS núm. 696/2008 (RJ 2008, 5718)
STS núm. 292/2008 (RJ 2008, 3241)