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24/04/2024. 06:27:28

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¿Afectado por las participaciones preferentes?

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A pesar de que han transcurrido unos años desde que estalló en España el escándalo de las preferentes, aún hay muchos afectados que no han recuperado su dinero porque no saben cómo reclamarlo.

Afectada por las preferentes

Esperamos que la lectura de este artículo y la experiencia de reclamador les sirva de ayuda para dar el paso hacia la recuperación de sus ahorros.

 Las participaciones preferentes son emisiones de deuda sin plazo definido, o lo que es lo mismo, la entidad bancaria ofrece alta rentabilidad para atraer al pequeño ahorrador que desconoce que su dinero se invertirá en la deuda que tiene el banco y que sus intereses dependerán de los beneficios que obtenga el banco, es decir, no tenían ninguna garantía de cobrarlos. Además, la tradición en la entidad y la confianza del cliente con el que suele ser el empleado de su entidad bancaria habitual, facilitó la emisión de estas participaciones y la rapidez en la venta de las mismas a los clientes, ahora afectados.

Por tanto, el problema principal con el que se encuentran los afectados es la falta de información. Los clientes no sabían qué habían contratado, y, cuando alguno acudía a retirar sus ahorros (invertidos en preferentes) descubrían que vencían en el año 2999 o 9999, es decir, que nunca podrían retirar su dinero invertido.

Según una directiva europea, se OBLIGA a los bancos a someter a un examen a los clientes antes de venderles productos financieros complejos y, si el resultado es que el cliente no conoce lo que está contratando, el banco tiene prohibido firmar esa venta.

Lo que ha sucedido es que los afectados por esta situación han sido los clientes minoristas, es decir, los que poseen menores conocimientos y experiencia en materia financiera, por tanto, acceden a la contratación de productos sencillos o tradicionales, como pueden ser los depósitos a plazo fijo. En cambio, un cliente puede solicitar ser considerado como Cliente Profesional para acceder a productos más complejos, para este cambio de "categoría" debe tener conocimientos y experiencia en los mercados y que el banco acepte dicho cambio.

Legalmente, las entidades bancarias, para garantizar que los intereses del cliente son adecuados a los productos que oferta la entidad, debe emplear los test de idoneidad y conveniencia, en los que se recogen preguntas sobre la situación del cliente, si es un inversor potencial, si tiene experiencia como inversor y en qué tipo de productos, si comprende los riesgos que asume al contratar determinados productos, preguntas también sobre el nivel de estudios del cliente, su profesión, etc. Estos test deben realizarse previo a la contratación del producto. Sin embargo, en muchos casos, se han incluido en las ofertas de las participaciones preferentes y ya cumplimentados, con lo que el cliente desconocía totalmente qué estaba contratando.

Un ejemplo de las preguntas que se incluyen en esos test:

 

Llegados a este punto, si usted ya ha comprobado que ha adquirido este producto, porque no puede retirar sus ahorros de la entidad bancaria o porque ya se ha informado en su entidad bancaria, la única solución que tiene es acudir a la vía judicial. La justicia en los últimos meses ha dado la razón a los clientes. Según las últimas estadísticas, los bancos sólo ganan aproximadamente un 5% de los juicios de preferentes, y, además, en muchos otros casos, se han alcanzado acuerdos con las entidades bancarias tras la presentación de las demandas (aquí una de las últimas noticias).

Si usted es un afectado pero tiene miedo de enfrentarse a una entidad bancaria por el largo proceso judicial, los costes que pueda tener de abogado y procurador, o las tasas, le indicamos que desde nuestra experiencia y con el gran número de procedimientos ganados, aconsejamos la presentación de una demanda contra su banco, pues ésta prosperará en los juzgados, y con una previsible condena en costas a la entidad bancaria, lo que significa que será el banco quien asuma los gastos judiciales, tasa, abogado y procurador. En las últimas sentencias, se reconoce la deficiencia de la información suministrada por la entidad partiendo de la base que el producto que se comercializó por la entidad bancaria, es considerado un producto de alto riesgo, no aconsejado para todos los clientes, y menos para los que por la tradición dentro de la entidad, se deduce que su perfil era conservador. Le dejamos aquí un ejemplo de sentencia estimatoria

No permita que el dinero de sus ahorros y que es suyo se les arrebate mediante engaño, ocultación de información y mala práctica bancaria. Porque hay casos de éxito, ¡reclama!

Acude a reclamador para ver si tu caso es viable. Adelantamos los gastos de notario y procurador, por lo que sólo cobramos si tú cobras, y en caso de que no ganemos, nosotros asumimos los gastos.

 

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