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26/04/2024. 06:59:39

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Las coordenadas geográficas de tu finca en el Registro de la Propiedad

Registrador de la propiedad

Qué tiempos aquellos en los que para llegar a algún sitio había que ir parando constantemente para preguntar cómo llegar hasta nuestro destino… Ir de viaje a algún sitio desconocido, ya en España, ya fuera de nuestro país, era casi una aventura en la que era inevitable dar más de un rodeo y perderse otras tantas veces.

Hoy en día, gracias a la tecnología GPS, esto es ya cosa del pasado. Se meten las coordenadas de nuestro destino y nos despreocupamos. Pero el GPS tiene muchas más aplicaciones que los navegadores a los que estamos tan habituados; una de ellas es la que vamos a tratar en este artículo.

Mientras no existía la tecnología GPS, la identificación de una finca se hacía a través de sus linderos: finca tal que linda al Norte con finca de Paula, al Sur con finca de Miguel, al Este con finca de Pedro y al Oeste con finca de María.

Un primer problema con el que nos encontrábamos en el Registro de la Propiedad era el de identificación de fincas. Por ejemplo, tenemos un documento de 1970 en el que nos dicen que una parcela de 300 metros cuadrados linda al norte con finca de A, al Sur con finca de B, al Este con finca de C y al Oeste con finca de D. En el siguiente título nos dicen que la parcela de 300 metros cuadrados, según reciente medición, hoy mide 540 metros cuadrados y que linda al Norte con W, al Sur con X, al Este con Y y al Oeste con Z. ¿Es la misma parcela? Pues puede que sí, porque no es lo mismo medir con palmos, con pasos, o con aparatos GPS; y los linderos no tienen porqué permanecer invariables, porque la gente vende, hereda, etc… En cualquier caso, este sistema conllevaba una inmensa labor de investigación.

Un segundo problema: los lindes. Para todo propietario de una parcela, siempre ha sido una preocupación que no le moviesen los marcos, porque mover esos marcos unos metros, implicaba ganar o perder esos metros.

Estos problemas han desaparecido desde que en los Registros de la Propiedad se han implantado las bases gráficas y la representación gráfica de las fincas a través de sus coordenadas georreferenciadas. ¿Geo… qué? Conseguir tranquilidad, que es más fácil de lo que parece…

¿Recordáis cuando éramos niños y hacíamos aquellos pasatiempos que consistían en unir los puntos según su numeración? Al final obteníamos un dibujo y la satisfacción de haberlo conseguido. La georreferenciación viene a ser básicamente lo mismo, a través de las coordenadas GPS, se fijan los límites de una parcela. Y gracias a esas coordenadas, se puede determinar de manera inequívoca, la superficie de la parcela.

Una vez explicado esto, cualquier lector podría preguntarse qué ventajas supone la inscripción de la base gráfica de una finca en el Registro de la Propiedad. Lo que podría resumirse en los siguientes puntos:

  1. Una vez que hayas inscrito la base gráfica de tu finca en el Registro de la Propiedad, nadie podrá inscribir su respectiva base gráfica, si invade, aunque sea parcialmente, tu base gráfica inscrita.
  • Asimismo, inscrita una base gráfica, se presumirá, a todos los efectos legales, que la finca tiene la ubicación y delimitación geográfica correspondiente. Como consecuencia de ello, se confiere una fortísima protección al titular que haya inscrito su base gráfica. Solo mediante una sentencia judicial podrá destruirse esta presunción.
  • La inscripción de la representación gráfica permite hacer constar en el Registro la verdadera superficie y delimitación geográfica de la finca, con las ventajas que ese hecho proporciona a su titular.

Por todo lo expuesto, la inscripción de la base gráfica de tu finca te otorga una posición inatacable, ya que una vez fijados los linderos a través de las coordenadas correspondientes, se presume que todo lo que se incluya dentro de esas coordenadas es de tu propiedad. En consecuencia, nadie puede inscribir unas coordenadas que entren en conflicto con las tuyas y los límites de tu finca quedan protegidos frente a todos.

Y todo esto se puede conseguir con solo pedirlo mediante una instancia con firma ratificada ante el registrador de la propiedad o presentada con firma electrónica a través de la web del Colegio de Registradores (www.registradores.org).

Ahora que ya sabemos lo que es la georreferenciación y los efectos que produce, ¿sigues preguntándote si es importante georreferenciar tu finca?

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