Desde hace más de 20 años, abogados, psicólogos, trabajadores sociales, jueces, fiscales, letrados de la administración de justicia, mediadores, coordinadores parentales, profesionales de los puntos de encuentro familiar y de los CAF, profesores, catedráticos, notarios, periodistas y todas aquellas personas cuya labor está directamente relacionada con el Derecho de Familia reivindicamos la creación de una Jurisdicción especializada en Familia, Infancia y Capacidad y una especialización de los diferentes órganos que componen la misma y ello a fin de dar garantías a los ciudadanos que decidan embarcarse en algo tan complejo y personal como es un divorcio o separación y todo lo derivado de ello.
1- Antecedentes Históricos.
Tenemos que remontarnos hasta 1981 para ver la creación de los denominados Juzgados de Familia, debiendo traer a colación dos grandes textos legislativos:
- Por un lado la Ley 11/1981, de 13 de mayo que establecía en su disposición final que el Gobierno, en el plazo de 6 meses, crearía y pondría en funcionamiento el número de Juzgados de Primera Instancia necesarios, para que conocieran de manera exclusiva de asuntos propios de derecho de familia.
- Por otro, el Real Decreto 1322/1981, de 3 de julio que creaba estos nuevos juzgados de primera instancia para conocer de manera exclusiva sobre los asuntos relativos al derecho de familia.
Surgen así los primeros 26 Juzgados de Familia:
- 4 en Barcelona y Madrid
- 2 en Bilbao, Sevilla, Valencia y Zaragoza
- 1 en Córdoba, La Coruña, Granada, Málaga, Murcia, Palma de Mallorca, Las Palmas de Gran Canaria, Pamplona, San Sebastián y Valladolid.
Sin embargo, conforme se acaba de ver, la creación de estos Juzgados únicamente se produjo en algunas capitales de provincia, dejando al margen el resto de las poblaciones.
Con la aprobación de la Ley Orgánica del Poder Judicial en 1985, la creación de más juzgados de familia fue aumentando pero de una manera muy inferior al aumento de los números divorcios y separaciones que se venían produciendo en nuestro país desde la aprobación de la ley del divorcio de 1981.
Surge así el primer gran problema relacionado con esta cuestión: el número de divorcios y separaciones aumenta de manera considerable pero únicamente los ciudadanos de algunas provincias podían acceder a un juzgado especializado en familia, debiendo el resto “contentarse” con un Juzgado que en muchas ocasiones carecía de la pericia y conocimiento necesarios para afrontar su caso.
A lo largo de estos años, varios son los intentos por lograr por fin la creación de una jurisdicción propia en derecho de familia y una especialización exhaustiva en la materia tanto para jueces como para fiscales.
Caben destacar las 2 proposiciones de ley del 2004 que, pese a ser debatidas en el Congreso, finalmente se encallaron y no llegaron a nada y la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en la que se prevén 3 cosas:
- La creación de una Jurisdicción propia en Derecho de Familia e Infancia.
- La elaboración de reformas legislativas con el fin de establecer la especialización en materia de familia tanto de la jurisdicción penal y civil.
- La elaboración de reformas legislativas con el fin de establecer la especialización en materia de familia del Ministerio Fiscal y de los Equipos Técnicos que prestan asistencia especializada a los órganos judiciales.
2- ¿Una justicia de primera y de segunda?
Actualmente en España, apenas el 12% de los juzgados de primera instancia están especializados en derecho de familia (149 de 1329) de modo que nos encontramos con una terrible desigualdad según la población donde se viva dado que el ciudadano que resida en una gran ciudad o capital de provincia y se quiera divorciar va a tener la garantía que el juez o jueza que conozca de su caso este especializado y el juzgado que le toque sea experto en familia pero en cambio otro que viva en otra ciudad le va a tocar acudir a juzgado que en una mañana ha podido conocer de una reclamación de cantidad, de un desahucio de una pelea vecinal.
Lo anterior, provoca no sólo una desigualdad terrible sino un perjuicio enorme en la adopción de medidas ya que los Juzgados que no cuentan con una especialización propia en muchas ocasiones tampoco va a contar con un fiscal adscrito o un equipo psicosocial, provocando que su divorcio o separación se convierta en un “infierno” que puede durar años mientras que en los sitios dónde si existe esta especialización el tiempo es mucho menor.
A menudo los abogados de Familia recurrimos a otras jurisdicciones para poder apreciar la terrible injusticia que supone no tener reconocida una jurisdicción propia de familia y no es una comparativa baladí.
¿Se imaginan que la decisión de meter a alguien prisión recayese en un Juzgado de Primera Instancia? ¿O que un procedimiento concursal fuese juzgado por un Juzgado de Instrucción?
La respuesta es obvia y ahí es donde debemos mostrarnos más enérgicos por cuanto un ciudadano que decide divorciarse tiene el mismo derecho a que el Juez que conozca de su caso sea especializado en derecho de familia que un ciudadano que se enfrenta a una pena de prisión a que la sentencia la dicte un Juzgado de lo Penal.
3-Una lucha que nos afecta a todos
La creación de una jurisdicción de familia e infancia es una lucha que nos afecta a todos y son muchas las Asociaciones que llevamos años luchando por conseguirlo.
A nivel personal, este objetivo es el que tenemos todos como primordial dentro de la Sección de Derecho de Familia y Sucesiones del Ilustre Colegio de la Abogacía Madrileña de la que tengo el honor de ser vocal junto con mis compañeras Paloma Zabalgo, Cristina Fernández, Lola Calderón, Flora Calvo, Mariola Hernández y Julia Clavero.
Por ello, uno de los compromisos que queremos impulsar desde la Sección es precisamente unirnos a esta sempiterna lucha y promover la igualdad de todos los ciudadanos con la Jurisdicción propia de derecho de Familia en cada localidad de este país.