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20/04/2024. 09:44:33

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Nueva normativa concursal para enfrentar la crisis económica del Covid-19: El Texto Refundido de la Ley Concursal

CEO Lexglobal s.l.p.

El Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal entra en vigor hoy, día 1 de septiembre de 2020. La nueva norma está llamada a ser protagonista ante la ingente cantidad de situaciones de insolvencia que se van a producir por la inminente crisis económica que va a desencadenar el “shock” sanitario generado por la Covid-19.

Ciertamente este Texto Refundido no nace para responder a esta situación de inminente crisis generada por la pandemia, sino que es fruto de un mandato previo al Gobierno que se retrotrae a la Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal, cuya Disposición Final 8ª autorizaba al Gobierno para elaborar y aprobar un texto refundido de la Ley Concursal. Además, dicha norma fijaba el alcance de la delegación legislativa, autorizando al Gobierno a “regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que deban ser refundidos”, y que por la expiración del plazo exigió una nueva habilitación al Gobierno, que tuvo lugar por la Disposición Final 3ª de la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.

Ámbito de la delegación legislativa: La Exposición de Motivos admite sin ambages que, el Texto Refundido puede introducir ajustes importantes, incluso contenido innovador, pudiendo incluir normas complementarias a las que son objeto de refundición, considerando que resulta habilitación para ello de acuerdo con doctrina fijada por el Tribunal Constitucional (STC 122/1992, de 28 de septiembre y 166/2007, de 4 de julio).

Estructura del Texto Refundido: La nueva norma cuenta con:

  • 4 Disposiciones Adicionales. Una Disposición Transitoria Única. Una Disposición Derogatoria Única y dos Disposiciones Finales
  • El Libro I  “Del Concurso de Acreedores”
  • El Libro II  “Derecho preconcursal”
  • El Libro III  “De las normas de Derecho Internacional Privado”

El Libro Primero contiene diferencias importantes con la sistemática de la Ley 22/2003, de 9 de julio, por ejemplo, hay un Título II específico sobre los órganos del concurso (juez del concurso y administracion concursal) o un título IV específico sobre la masa activa y otro Título V sobre la masa pasiva (antes tratadas conjuntamente con el Informe de la Administración Concursal en el Título IV de la derogada Ley Concursal).

El Libro Segundo bajo la denominación del derecho preconcursal se ocupa en su Título Primero del “preconcurso de acreedores”, esto es del art. 5 bis de la derogada Ley Concursal. El Título Segundo aborda la regulación de los acuerdos de refinanciación, y finalmente los acuerdos extrajudiciales de pagos y el concurso consecutivo se recogen en los Títulos Tercero y Cuarto.

El Libro Tercero está dedicado a las normas de derecho internacional privado y se aplicarán  al  concurso de acreedores, a los acuerdos de refinanciación y a los acuerdos extrajudiciales de pagos en línea con el Reglamento (UE) 2015/848.

En fin, el Texto Refundido ayuda a clarificar y sistematizar la normativa, en ocasiones dando una nueva redacción al articulado, acogiendo la doctrina interpretativa fijada por los Tribunales, o simplemente, mejorando su claridad y unificando su terminología, facilitando su interpretación.

Además, el nuevo Texto Refundido ha dividido en diversos artículos lo que anteriormente estaba tratado en uno solo, como ocurría con el preconcurso (antiguo art. 5 bis de la LC) o con los efectos del concurso sobre los contratos de trabajo (antiguo art. 64 LC) o como ocurre con el contenido del convenio (antiguo art. 100 LC).

Tampoco hay que olvidar que el Texto Refundido tendrá que convivir con la aplicación de la normativa concursal excepcional también aprobada por el contexto generado por la Covid-19, y que no será la única reforma que habrá de venir, pues se encuentra pendiente de trasposición a nuestro derecho interno la Directiva (UE) 2019/1023, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019 sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.

 

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