Incluye la sentencia
El Tribunal Supremo ve ajustada a Derecho y motivada la sanci贸n impuesta por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al juez de Sevilla Rafael Tirado por su actuaci贸n en el caso Mari Luz, dada la pasividad mostrada en este asunto por la fiscal铆a y por la secretaria judicial de su juzgado. As铆 lo indica el alto tribunal en la sentencia en la que rechaza los recursos interpuestos por la fiscal铆a y por Tirado contra la decisi贸n del 贸rgano de gobierno de los jueces de multarle con 1.500 euros por una falta grave.
La sanción al juez sevillano se produjo tras su retraso al ejecutar una sentencia que condenaba por abusos a su hija al presunto autor de la muerte de Mari Luz Cortés, Santiago del Valle, y que hubiera supuesto su ingreso en prisión. La fiscalía reclamó que Tirado fuera sancionado con la suspensión de empleo y sueldo por tres años por una falta muy grave, mientras que el juez solicitó el archivo de su expediente. Catorce de los 21 vocales que integran el Poder Judicial se mostraron a favor de no suspender al juez, en una decisión que fue el detonante del paro de jueces sin precedentes llevado a cabo el 18 de abril del año pasado.
El Supremo detalla ahora que "no es posible la calificación de muy grave pretendida por el ministerio público, al faltar el dato de plena disponibilidad y conocimiento por el magistrado de las incidencias temporales en la ejecución de la sentencia". El tribunal critica la "pasividad de la secretaria" para a continuación añadir: "El fiscal tiene una obligación clara de actuar en los procesos penales de ejecución aun el caso, como aquí ocurrió, de que no se le diera traslado del asunto con el fin de despachar un trámite concreto, pues tiene legalmente encomendada la misión de velar" por el cumplimiento de las resoluciones judiciales.