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19/04/2024. 11:15:54

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El legislador, y no el Tribunal Supremo, debe arreglar el caos generado por el decaimiento de los convenios

Abogado Socio director en LexaGo

Recientemente, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre la ultraactividad de los convenios.

Muñequitos blancos encajando piezas de puzzle

Inicialmente, el legislador pensó que estableciendo un abismo al cabo de un año de la denuncia del convenio, conseguiría que los agentes sociales renovasen los convenios.

La idea no parecía mala, pero debemos reconocer que ha sido un fracaso. La experiencia ha demostrado que ha sucedido lo contrario: las negociaciones se han paralizado, se han congelado, precisamente porque los Jueces no han terminado de aceptar ese vacío generado por el legislador, tampoco las empresas lo han acogido con gusto. Y es que la "ley de la jungla" es amiga de la "competencia desleal" y ninguna de ellas se lleva bien con la empresa.

Por ello, sin perjuicio de quitar mérito a la Reforma Laboral (que entendemos tiene un papel importante en la recuperación del país), consideramos que debe ahora el legislador regular una "ultraactividad limitada pero ordenada".

Es claro que la ultraactividad no puede ser ilimitada. Prueba de ello eran los convenios estancados en los años 90, pero tampoco el vacío que genera el decaimiento de los convenios es la solución. 

Por tanto, estamos de acuerdo con el legislador en que debía limitarse la ultraactividad, pero no generando un precipicio regulatorio, sino un decaimiento ordenado: regular qué debe entenderse por convenio de ámbito superior, definir si se contractualizan las condiciones laborales o no, si el nuevo convenio que pueda negociarse en el futuro sustituye o no a las condiciones decaídas y contractualizadas, etc.

La falta de regulación de todas estas cuestiones tenía como causa, a nuestro juicio, una estrategia: forzar a los agentes sociales a negociar y renovar los convenios conforme a la situación económica actual (es decir, rebajando salarios, etc).

Tuvo su efecto en el año 2013, ejercicio en el cual se firmaron 2.482 convenios (de sector y empresa). Si lo comparamos con 2012, año en el que se firmaron  1.584, comprobamos que durante el 2013 se incrementó el número de convenios firmados en un 36%. Pero, en cambio en 2014 volvemos a las cifras anteriores a la Reforma Laboral, ya que se firman únicamente 1.505.

Coincide que el año 2014 es un año intenso en pronunciamientos judiciales sobre ultraactividad, y lógicamente la inseguridad jurídica generada en los agentes sociales ha podido provocar un nuevo atasco en las negociaciones.

Esta desconfianza de los agentes sociales a la ultraactividad limitada también se desprende de otra estadística: el porcentaje de convenios que incluyen cláusulas de ultractividad limitada.

En concreto, si bien en el año 2013, el 61,1% de los convenios recogieron ya cláusulas de ultraactividad limitada (1 año o más años, pero limitada),  motivados por la novedad de la Reforma Laboral, ya en el año 2014 el porcentaje de convenios que pactan esta ultraactividad limitada desciende de forma relevante hasta un 50,6% (datos extraídos del informe sobre negociación colectiva, elaborado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, actualizado a 31 de diciembre de 2014: http://bit.ly/1DxXfZY

Por ello, analizando ambos datos (número de convenios firmados, y porcentaje de convenios que contienen cláusulas de ultraactividad limitada), se puede deducir que realmente en 2014 (entendemos, por diversos pronunciamientos judiciales) se genera una inseguridad jurídica y desconfianza en los agentes sociales, que tiene como consecuencia un menor número de convenios firmados, con el dato añadido de que, entre los convenios firmados, se incluyen menos cláusulas de ultraactividad limitada.

Por todo lo anterior, entendemos, debe ahora el Gobierno sentarse a negociar una "ultraactividad limitada pero ordenada". EL éxito de este retoque a la Reforma Laboral será el consenso con la Patronal y los Sindicatos. Si lo que se regula son las reglas para que negocien dos  partes (patronal  y sindicatos), lo lógico, aunque no sea fácil, es que se legisle en consenso. Eso sí, los agentes sociales, deben partir de que lógicamente no nos podemos permitir que la ultraactividad vuelva a ser ilimitada, ya que eso tampoco funcionaba.

Por tanto, la conclusión, a nuestro juicio, es clara: ultraactividad limitada, pero regulando un decaimiento ordenado.

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