LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

26/04/2024. 00:00:22

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

STS 1019/2021, de 18 de octubre (JUR 2021, 332006)

La actuación de la Inspección de Trabajo interrumpe el plazo de prescripción en reclamaciones salariales

Mabel Inda. Corporate Content

La cuestión que se debate en esta sentencia del Tribunal Supremo, en unificación de doctrina, consiste en determinar si el requerimiento efectuado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a una empresa para que abone a todos sus trabajadores las diferencias salariales que pudieran resultar de la aplicación de un convenio colectivo, cuando la Inspección ha actuado en virtud de una denuncia, sin que conste la identidad del denunciante, interrumpe la prescripción de la acción de reclamación de cantidad de las diferencias salariales interpuesta por una de las trabajadoras. 

La demandante reclamó 3.886,71 euros presentando papeleta de conciliación el 8-4-2015, en concepto de diferencias salariales entre lo abonado por la empresa y lo que correspondería haber satisfecho con arreglo al Convenio Colectivo aplicable devengadas desde el 9 de octubre de 2.012 hasta el 29 de octubre de 2.014, fecha en la que la trabajadora dejó de prestar servicios para la empresa demandada. 

A raíz de una denuncia anónima, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social requirió a la empresa el 27-11-2014, para que en el plazo máximo de tres meses abonara a todas las personas trabajadoras con efectos desde octubre de 2012 las diferencias salariales e ingresando las cotizaciones correspondientes en aplicación del convenio colectivo aplicable. 

Tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia desestimaron la pretensión de la empresa. La Sala Cuarta, basándose en la STS 1-12-2016 (RJ 2016, 6190), considera que la prescripción es una institución no fundada en principios de estricta justicia y, su aplicación por los Tribunales no debe ser rigurosa sino cautelosa y restrictiva. Además, en caso de dudas, se resuelven en el sentido más favorable para el titular del derecho y más restrictivo de la prescripción, al no haberse acreditado el abandono en el ejercicio de los derechos por parte de la demandante. Por tanto, desestima la pretensión de la empresa teniendo que pagar íntegramente la reclamación de la trabajadora. 

¿Quieres leer la sentencia?

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.