La interesada, empleada en un local de apuestas, a la hora del cierre y tras guardar la recaudación en la caja, fue atracada por un individuo cubierto por pasamontañas y portador de un arma blanca que le puso en el cuello, además de tirarle al suelo, amenazarla y darle patadas, hasta hacerse con la recaudación.
Esto supuso crisis de ansiedad y angustia, diarias e intensas, con temor de que le iba a pasar algo e iba a morir.
Siendo la evolución psiquiátrica tórpida, y persistiendo la sintomatología ansiosa que condicionaba enormemente su funcionamiento cotidiano, fue reconocida por el INSS, en agosto de 2020, en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual.
Pero aun cuando se mantenía su patología psiquiátrica, el INSS, en Resolución de 8 de septiembre de 2021, considera que no se encuentra incapacitada en relación con el ejercicio de actividad laboral.
Esa resolución fue recurrida y por sentencia de 10 de febrero de 2023 se estima la demanda y se reconoce, nuevamente, la situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual.
A pesar de ello, como hemos dicho, el INSS consideró que había mejorado y podía reincorporarse al trabajo.
Así, nuevamente nos encontramos con resoluciones del INSS que, a fin de no reconocer una Incapacidad Permanente, obvian los informes médicos que llevan a su reconocimiento, dando lugar, en definitiva, a un elevado número de procedimientos judiciales de impugnación de esas resoluciones.
Esta actitud del INSS se une a la de adaptar a sus intereses la profesión del interesado, hasta el punto, en algunas ocasiones, de que a una persona en distintas revisiones se la alteran totalmente.
Esperemos, en definitiva, que el INSS dicte sus resoluciones de manera más acorde con los informes médicos, de la red sanitaria pública, en beneficio de las personas que sufren patologías que les limitan sus actividades.