El administrador de una empresa, que carecía de representación unitaria, convocó a todos los trabajadores de la misma a una reunión cuya finalidad era rebajar el salario de un 10 a un 15% y quitar el completo por IT a cargo de la empresa establecido en convenio.
El TSJ declara que denegar la entrada a la empresa de la representante de uno de los sindicatos con representación en la empresa, sin justificación, supone una vulneración de la libertad sindical, en virtud del art. 28.1 c) de la Constitución; 8.2 b) y 9.1 c) LOLS.