LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

29/03/2024. 15:11:50

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

EL FINIQUITO DE INDEMNIZACIÓN

Un documento fundamental en transacciones extrajudiciales

abogado del despacho Sanahuja & Miranda, de Barcelona

Cuando ocurre un siniestro que origina un daño, y una persona se considera perjudicada por el mismo, reclamando la correspondiente indemnización frente a la compañía aseguradora del causante, una vez alcanzado el acuerdo de indemnización con dicha aseguradora, debe procederse a firmar el correspondiente finiquito o “recibo” de indemnización.

Montones hechos con el símbolo del euro

Se denomina "finiquito" aquel documento debidamente cumplimentado y firmado por el perjudicado por el cual éste declara haber alcanzado un acuerdo amistoso con la aseguradora y/o causante en cuestión por todos o parte de los perjuicios derivados del siniestro. Resulta un documento fundamental en transacciones amistosas y extrajudiciales ya que mediante la firma del mismo el perjudicado se considerará totalmente indemnizado por todos los conceptos en él especificados.

Por lo tanto, el finiquito es aquel documento en el cual se hará constar el importe total de la indemnización económica que es objeto del acuerdo alcanzado, y, en su caso, el desglose que incluya los diversos conceptos por los que se ha alcanzado la transacción amistosa (por ejemplo, en supuestos de accidentes de tráfico resulta muy habitual que se indemnicen conjuntamente lesiones, daños materiales y/o gastos derivados del siniestro, por lo que es básico que en el finiquito de indemnización se haga un desglose detallado de cada uno de estos conceptos con los respectivos importes.

Sin embargo, resulta habitual que una vez alcanzado el acuerdo la compañía aseguradora remita un finiquito redactado en términos genéricos que, si es firmado por el perjudicado, le tendrá por enteramente indemnizado por todos los daños y perjuicios presentes o futuros en relación con el indicado siniestro, teniendo por zanjada la reclamación.

Por ello, si se alcanza un acuerdo parcial y quedan partidas pendientes de indemnizar, resulta indispensable revisar el contenido del finiquito y cerciorarse de que incluye expresamente los conceptos por los que se ha transaccionado, dejando por lo tanto la via abierta a seguir reclamando los demás.

En la práctica actual de las compañías aseguradoras, debe destacarse que la mayoría de ellas admiten que, una vez alcanzado el acuerdo, sea el propio perjudicado o, en su caso, su representación letrada, la que remita el correspondiente finiquito, haciendo constar el importe y los conceptos de la transacción. Sin embargo, algunas aseguradoras tienen por norma remitir sus propios finiquitos tipo, los cuales, evidentemente, deben ser cuidadosamente revisados antes de ser firmados por el perjudicado, por los motivos anteriormente  indicados.

Igualmente, resulta indispensable tener en cuenta que, junto con el finiquito debidamente firmado y cumplimentado, debe remitirse a la aseguradora que efectuará el pago documentación acreditativa de la identidad de la persona perceptora de la indemnización (DNI o en su caso NIE o pasaporte) así como los datos bancarios de la misma, esto es, cualquier recibo bancario en el que se indique el número de cuenta corriente que sea de  titularidad del perjudicado, que será donde la aseguradora realizará la transferencia de la indemnización.

En la praxis habitual, la mayoría de aseguradoras realizan los pagos por medio de transferencia bancaria, lo cual supone la vía más rápida de cobro de las indemnizaciones (en cuestión de quince días como máximo se realiza el ingreso), si bien algunas aseguradoras vienen admitiendo el pago mediante la expedición de cheque, el cual únicamente podrá ser cobrado por el perjudicado en determinadas entidades bancarias.

Otros documentos que suelen acompañarse a los anteriormente indicados son los escritos judiciales de renuncia a las acciones, para el caso en que se haya alcanzado un acuerdo amistoso existiendo un procedimiento judicial abierto por los mismos hechos. En la mayoría de ocasiones, el escrito de renuncia judicial presentado en el Juzgado conllevará el archivo definitivo de las actuaciones de que se trate.

Por todo lo expuesto, resulta fundamental contar con la correspondiente asistencia de Abogado, el cual le asesorará debidamente en la firma de este tipo de documentos, valorando si los importes de la indemnización a percibir que se contienen en el finiquito son adecuados a la realidad de los perjuicios ocasionados a raiz del siniestro de que se trate. 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.