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08/05/2024. 22:01:21

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Entrevista a Juan Domingo Valderrama, abogado del caso Ricardi.

“A día de hoy Ricardi sigue condenado”

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Juan Domingo Valderrama colabora junto a diez o doce abogados de toda Andalucía desinteresadamente con la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía. Es a esta Asociación a la que se dirige la familia de Ricardi, una hija y una hermana, cuando la policía publica en abril de este año que tiene datos para mantener que Ricardi lleva 13 años cumpliendo una condena por unos hechos que no cometió. Desde la Asociación se decidió investigar los hechos y dar cobertura legal a la familia, y posteriormente se propone a Ricardi que les designe a dos letrados, nuestro entrevistado y otra abogada, y Antonia Alba Ortega, como abogados para personarse en su causa y estudiarla, a lo que Rafael Ricardi accede, y es el momento en que ambos comprueban que todo apuntaba a su inocencia.

A día de hoy Ricardi sigue condenado

Juan Domingo Valderrama ha concedido una entrevista a Legal Today donde desgrana con detalle el historial del caso.

Se ha extendido la opinión de que la justicia española es laxa con los condenados por delitos como la violación, y las fórmulas que se proponen apuntan a medidas más coercitivas, pero no se habla de mejorar el sistema probatorio o de garantizar una correcta defensa a los acusados. ¿Qué opina?

Asistimos desde hace tiempo a un debate social que, haciéndose eco de penosos sucesos plantea la necesidad del endurecimiento de las condenas, considerando que es la solución. Es un debate que parte de premisas falsas, y que además es una coartada para quienes no tienen interés político o jurídico en profundizar en las que yo considero son graves carencias de nuestro sistema judicial actual.

Se dice que algunas de estas medidas (concretamente ella se refería a la creación de una base de datos pública) valen la pena si con ellas se evita la comisión de tan sólo un nuevo caso contra la libertad sexual de una mujer o un menor. Mi opinión es que ese tipo de razonamientos están en contra de lo que debe presumirse de un Estado Democrático Social y de Derecho. Seamos sensatos, conforme a la Memoria de 2007 de la Fiscalía General del Estado durante el año 2006 las diligencias incoadas por este tipo de delitos contra la libertad sexual fueron 9.907, lo que supone un 0,23% del total de las Diligencias. En cuanto a la reincidencia en este tipo de delito existen estudios que determinan que es baja, podríamos referirnos, entre otros, al publicado en el Nº16 de la Revista Aranzadi de Derecho y Proceso Penal. En cuanto la ausencia de debate social de reforzar las garantías de nuestro sistema procesal penal, efectivamente así es: se olvida que la Justicia Penal precisa de credibilidad y ésta se obtiene a base no sólo de firmeza, de capacidad punitiva, sino también garantizando tanto como sea posible ese convencimiento de la verdad al que alude el artículo 406 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

 

En este asunto lo evidente sería instaurar una demanda por los perjuicios causados a su cliente, en virtud de los 13 años que pasó injustamente en la cárcel. ¿Por qué se muestran tan cautos ante esta posibilidad?

Más bien lo que hemos querido explicar, quizás no lo hemos sabido hacer bien, es que para poder iniciar el correspondiente procedimiento, es necesario, o así lo entendemos, que se pronuncie el Tribunal Supremo sobre el Recurso de Revisión que hemos planteado. No olvidemos que a día de hoy Ricardi sigue condenado, y de hecho se encuentra en libertad condicional, todo ello en espera de la revisión judicial de su sentencia. Lo único que ha variado de un mes a esta parte es que la Fiscalía antes planteaba abiertamente que no existían elementos para postular la revisión, o, dicho de otra manera, la inocencia de Ricardi, y tras conocer el contenido del último informe del Instituto Nacional de Toxicología ha cambiado de opinión. Eso ha facilitado la Libertad Condicional de Ricardi.

 

¿Llevarían ustedes la demanda de perjuicios si la familia se decide a demandar?

Hemos sido muy claros con Ricardi en este asunto, le hemos expuesto que nuestra labor, la de Antonia Alba y mía como voluntarios de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, concluirá, si él no desea otra cosa, una vez consigamos que se proclame judicialmente su inocencia por los delitos que injustamente fue condenado.  Pero también es cierto que él nos ha manifestado que desea que seamos nosotros quienes le asesoremos y dirijamos el posible procedimiento de responsabilidad patrimonial.

 

Parece que no está tan claro que Rafael Ricardi pueda percibir indemnización. Dicen que la sentencia errónea no se debió a una instrucción defectuosa sino a limitaciones técnicas de la época. ¿Qué opina?

Eso sólo puede basarse en la información publicada en los medios de comunicación, que ha estado mediatizada por las manifestaciones al respecto de la Policía, Fiscalía y Audiencia Provincial. No es verdad que los informes anteriores de toxicología le señalaran como culpable y que posteriormente haya sido rectificado por un nuevo informe: los informes nunca señalaron a Ricardi como culpable.

Y si en el año 1995 el Instituto Nacional de Toxicología no podía afirmar que las muestras encontradas en una gasa correspondiesen por ADN a Ricardi, en su segundo informe del año 2000 manifiesta que: "… Al disponer en la actualidad de un mayor número de marcadores para los estudios de individualización, se puede descartar que en la gasa existan células de Rafael Ricardi…". Por último, hay un informe del mes pasado que insiste de nuevo en el descarte de coincidencias biológicas de Rafael con las de la prueba analizada en su día. Este nuevo informe es el que ahora alude la Fiscalía para cambiar su anterior criterio.

 

Ustedes han dicho a diferentes medios de comunicación que la acusación fue irregular, basada en fotos previas al reconocimiento, las pruebas de ADN no le acusaban directamente y que el señor Ricardi se autoinculpó dirigido por la policía. ¿Se plantea la familia tomar acciones legales contra los funcionarios que en su momento llevaron a cabo estas irregularidades?

Esto no es exactamente así. Es cierto que hemos dicho, y mantengo en esta entrevista, que tanto la investigación, la instrucción, como la acusación fueron, digámoslo así, irregulares, y también que hemos rebatido públicamente otro argumento que se ha venido sosteniendo respecto a la autoinculpación de Ricardi en los hechos. Respecto a las "irregularidades" creo haber sido ya bastante claro. Me gustaría sólo subrayar que creo que para una investigación judicial justa, perdone la redundancia, y por tanto para un fallo judicial también justo, la práctica habitual y cotidiana de la exhibición de clichés fotográficos casi siempre incluso antes de que el detenido sea asistido por abogado, y por tanto sin presencia de éste, me parece una verdadera barbaridad. Abogo, no soy el único, por acabar de plano con ésta práctica al menos en la manera en la que se viene realizando. Me pregunto qué es lo que impide que la exhibición de fotografías, de ser necesaria, se haga en presencia judicial; aportando a la causa -hoy existen soportes informáticos para ello evitando el engrosamiento de los tomos foliados de los procedimientos-, todas y cada una de las fotografías exhibidas, haciendo, previamente a su exhibición, un descarte basado en características físicas de los presuntos responsables de los hechos, de sus antecedentes, etc.

 

¿Qué consecuencias legales podrían sacarse del caso Ricardi?

Destaca la falta de recursos que demuestran reiteradamente la inmensa mayoría de las investigaciones penales a la que los abogados tenemos acceso en las causas que asistimos, nuestro país, nuestro sistema, nuestra sociedad merece una mayor dotación de recursos públicos en este apartado; una ley de enjuiciamiento criminal no parcheada, que sea modificada en su integridad acorde con los nuevos tiempos; un sistema penal con más garantías que el que actualmente tenemos, menos mecanizado, más cercano a las nuevas posibilidades que los avances dan lugar para la investigación de los hechos. La justicia penal está colapsada, eso no es excepcional; hace falta una instrucción con más medios materiales y humanos. Por no hablar ya de la falta de segunda instancia en los procedimientos, como el de Ricardi, que se enjuician por las Audiencias Provinciales. ¿Para cuándo esa segunda instancia que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos nos viene exigiendo?

 

En su opinión ¿quién debería pedirle disculpas al señor Ricardi?

Es Ricardi el que ha reivindicado que se le pidan disculpas, y tanto el Ministro de Justicia como la Consejera de Justicia de la Junta de Andalucía, oída dicha reivindicación, ya se la han ofrecido. Habrá que preguntarle si con eso le basta, pero deduzco de sus pocas palabras, -está aún muy afectado por todo lo vivido-, que él ante todo quiere que quienes hasta hace poco le señalaban como culpable ahora reconozcan que se han equivocado. De todas formas a él le corresponde contestar, cuando así lo desee y pueda, dicha pregunta.

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