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06/05/2024. 07:03:23

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Diego Sebastián Luciani es fiscal general ante los Tribunales Orales Federales de la Ciudad de Buenos Aires, Argentina.

Entrevista a Diego Sebastián Luciani, fiscal general ante los Tribunales Orales Federales de la Ciudad de Buenos Aires, Argentina

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“Lamentablemente, en la Argentina, no existe, como sí hay en España, una dependencia como la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada”

El constitucionalismo comparado coincide a la hora de otorgar a la Fiscalía la misión de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad. ¿En qué sistemas concretos dicho precepto es más cosmético que real? 

  La defensa de los derechos fundamentales y en especial el rol del Ministerio Público Fiscal en el proceso penal han sido motivo de amplios debates a nivel nacional e internacional. El reconocimiento constitucional del Ministerio Público Fiscal como órgano independiente –con autonomía funcional y autarquía financiera– encargado de promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad demuestra la función preponderante que reviste. El principio de legalidad obliga a los fiscales a promover la acción penal y a investigar todos los hechos que, según la competencia, puedan constituir un delito penal. Ahora bien, hay una realidad: los recursos con los que cuentan las fiscalías –humanos, tecnológicos o de infraestructura– en muchas ocasiones son escasos para hacer frente a la enorme cantidad de asuntos que se judicializan. Esto hace necesario administrar esos recursos eficientemente. 

Por supuesto, con el fin de evitar la discrecionalidad que supone disponer de la acción penal, deben reglarse claramente los supuestos. Esto, por un lado, contribuye a preservar la transparencia, la integridad y la seguridad jurídica, y, por el otro, se erige en una barrera de contención para impedir que se aplique el criterio de oportunidad a hechos graves. Debe quedar claro que el principio de oportunidad sería inaplicable a los delitos que lesionan bienes jurídicos fundamentales para la sociedad, como los vinculados al crimen organizado –narcotráfico, trata de personas, actos terroristas, secuestros extorsivos, etc.–. 

 Especialmente en los casos de corrupción –en los que el dinero público que se desvía reduce sensiblemente la capacidad del Estado para atender las necesidades básicas de la población en materia de salud, asistencia social, educación, vivienda, trabajo–, cualquier criterio de oportunidad resulta inviable. Tenga en cuenta que, en la Argentina, donde los niveles de pobreza son francamente alarmantes (cerca del 50 % de la población), la corrupción tiene una entidad más perversa, pues le quita a la sociedad recursos que no abundan.  

¿Cuáles son las mayores barreras para implementar un concepto puro de separación de poderes, en el que tanto la Fiscalía como la Judicatura tengan una independencia quirúrgica con respecto al poder político? 

  Está claro que la aprobación de declaraciones constitucionales de independencia de los jueces y los fiscales en los ordenamientos internos no crea automáticamente una Judicatura o un Ministerio Público Fiscal independientes. La independencia de los magistrados se ejerce a diario: debe defenderse con templanza y fortalecerse ante las presiones del poder político. Las presiones a las que me refiero pueden ser sutiles –por ejemplo, el acercamiento de ciertos abogados o lobistas para intentar incidir “amablemente” en las decisiones de los jueces o fiscales– o más directas y brutales –intentos de sobornos, coacciones o amenazas–. Se trata de un recurso político –no jurídico– nocivo que se usa cuando las estrategias de defensa no son eficaces para revertir las pruebas. Así, en los últimos tiempos, los ataques a la Justicia por parte del poder político han sido una reacción característica para desgastar y amedrentar a los jueces y a los fiscales.  

 Frente a embates tan directos y desestabilizadores, o cuando se reciben presiones que intentan ejercer una influencia indebida en la Justicia, es fundamental mantener la calma y aferrarse a la Constitución Nacional y a las leyes. Desde ese lugar, es posible defender la independencia judicial y cuidar el equilibrio entre los poderes. Entonces, el gran desafío es poner un límite infranqueable para que nadie se inmiscuya en la manera en que la Judicatura tramita las causas o toma decisiones. Los jueces y los fiscales deben estar libres de las influencias improcedentes de los Poderes Legislativo o Ejecutivo, o de cualquier grupo de poder. En otras palabras, deben poder resolver las controversias con honestidad e imparcialidad, sobre la base de la evaluación de los hechos y de acuerdo a un entendimiento razonado del derecho, sin presiones, incentivos, amenazas o injerencias externas. Debemos tener presente que el sistema judicial de un país se apoya sobre la confianza pública en la independencia de los tribunales y en la integridad y la imparcialidad de sus magistrados. 

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