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19/03/2024. 07:57:59

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Gerard Solé, socio de Litigación y Arbitraje y Reestructuraciones e Insolvencias en FILS

“Las estadísticas concursales con la norma anterior eran demoledoras: más del 90 % acababa en liquidación”

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  • “Uno de los pilares de la reforma es el derecho preconcursal”
  • “El objetivo de la reforma es anticipar al máximo posible la reestructuración de la deuda para evitar llegar al concurso”

Abogado y economista, Gerard Solé fundó FILS en 2017, donde es corresponsable de las áreas de Litigación y Arbitraje, y de Reestructuraciones e Insolvencias. Es especialista en litigación compleja y arbitraje en los ámbitos del derecho civil y del derecho mercantil. Asimismo, ha liderado numerosos procedimientos de reestructuración financiera y procesos judiciales de concurso de acreedores, tanto desde el prisma de las compañías en situación de insolvencia como de los acreedores (nacionales e internacionales).

¿Cuáles son los principales rasgos que definen a FILS?

FILS es una firma multidisciplinar que se funda en 2017, pero que no nace de cero: todos sus socios provienen de los más prestigiosos bufetes internacionales, han liderado operaciones y resuelto conflictos de máxima complejidad y están destacados en los principales rankings del sector jurídico. Con esta premisa, quizá el elemento diferencial de FILS sea su cultura organizativa: combina toda la experiencia de la gran firma con la atención de la boutique. Y dedica mucho esfuerzo a potenciar valores como la innovación, la flexibilidad o la cercanía, para crear un entorno propicio que nos permita atraer y conservar el mejor talento, primero, para atraer y conservar a los mejores clientes, en consecuencia.

La firma FILS está especializada en derecho de empresa. ¿Qué tipo de asesoramiento ofrecen?

Efectivamente FILS atiende en exclusiva el derecho de los negocios. Y lo hace desde cualquier ángulo: mercantil, fiscal, procesal, laboral, reestructuraciones e insolvencia y cumplimiento normativo. Creo que en 5 años hemos conseguido que FILS sea una de las pocas firmas de nueva planta en España verdaderamente full-service.

¿Qué valoración hace, de manera breve, de la reforma concursal?

La reforma concursal era necesaria. Las estadísticas concursales con la norma anterior eran demoledoras: más del 90 % acababa en liquidación. Por tanto, el concurso fracasaba en uno de sus objetivos primordiales: reestructurar la deuda de empresas viables para permitir su continuidad y el consiguiente mantenimiento de la actividad económica y el empleo.

Por ello, uno de los pilares de la reforma es el derecho preconcursal. Ahora, en las reestructuraciones preconcursales se puede abordar una reestructuración prácticamente completa de la deuda de una compañía y, algo igual de importante, puede hacerse desde una fase más temprana con la introducción de la “probabilidad de insolvencia”.

Otro de los puntos centrales de la reforma es la positivización del pre-pack, que ya venía aplicándose en algunos juzgados, y que debería permitir maximizar el valor de venta de las unidades productivas de aquellas empresas cuya reestructuración no sea posible.

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