LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

11/12/2024. 14:08:19
11/12/2024. 14:08:19

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

La Abogacía del Estado se opone a que el Supremo investigue la gestión de la DANA: «No concurre la inactividad denunciada»

Europa Press
  • Defiende el despliegue de efectivos en las zonas afectadas y las ayudas económicas aprobadas por el Consejo de Ministros

La Abogacía del Estado ha mostrado su oposición a que el Tribunal Supremo investigue la gestión del Gobierno central de la DANA al considerar que «es notorio que no concurre la inactividad denunciada» por la asociación Liberum, toda vez que defiende las ayudas económicas aprobadas y el hecho de que hasta el 19 de noviembre se habían activado «8.079 efectivos de las fuerzas armadas», 1.965 efectivos de la Guardia Civil y más de 4.000 de la Policía Nacional.

Así, los servicios jurídicos de la Administración se oponen también a que el Supremo adopte las medidas cautelares que reclama Liberum en el recurso contencioso-administrativo que presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia –pero que finalmente ha asumido el Supremo– por la supuesta «inacción» del Ejecutivo de Pedro Sánchez frente a las inundaciones consecuencias de la DANA.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la Abogacía asegura que la asociación «se limita a razonar la existencia de una situación de extrema gravedad, lo que es cierto, y la urgencia de una intervención, pero olvida las actuaciones que se están realizando en la zona».

Liberum solicitó que, como medida cautelar, se ordenara la «implementación inmediata de medidas de emergencia para asegurar el acceso a servicios básicos», la eliminación del agua estancada, la distribución de agua potable y la desinfección de las áreas afectadas.

Los servicios jurídicos se oponen a que el tribunal estime esta petición porque defiende que «estas medidas ya han sido adoptadas en atención a las necesidades existentes en las zonas siniestradas».

Sostiene que el Supremo ni siquiera debería admitir el recurso porque considera que hay «evidentes causas de inadmisibilidad»: «la falta de legitimación activa para recurrir en la demandante y la inexistencia de inactividad».

«Con todos los respetos, las pretensiones contenidas en la demanda de la recurrente no constituyen un derecho o provocan un beneficio directo a la asociación, domiciliada en el Principado de Asturias», apunta.

Despliegue de las FCSE

Además, la Abogacía del Estado insiste en que «es notorio que no concurre la inactividad denunciada» y subraya que la asociación «no ha acreditado o aportado indicios» de que la medida cautelar que reclama sea «procedente». «Por el contrario, las actuaciones que se han desarrollado y se continúan desarrollado en la zona en que se ha producido la catástrofe, hacen innecesaria la adopción de tales medidas», señala.

En el marco del escrito, los servicios jurídicos precisan que a 19 de noviembre se habían activado «8.079 efectivos de las fuerzas armadas junto con 2056 medios (drones, helicópteros, maquinaria pesada, perros, embarcaciones)», así como «1.965 efectivos y 994 medios de la Guardia Civil, más de 4000 efectivos de la Policía Nacional y tres brigadas de prevención del Ministerio de Transición Ecológica».

«Consta también el despliegue de, al menos 533 efectivos de policías locales de distintas comunidades autónomas que prestan servicio de manera coordinada con las policías locales de los municipios afectados», añade y destaca que también se ha recibido medios de los Estados miembros de la Unión Europea y ayuda de Marruecos.

Paquete de ayudas y medidas urgentes

Al hilo, la Abogacía también destaca el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 5 de noviembre por el que se declara el territorio damnificado «zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil», que incluía un paquete de medidas económicas.

«Tales ayudas alcanzan a la cantidad de 18.000 euro en caso de fallecimiento o incapacidad absoluta, de 15.120 euro por destrucción total de la vivienda habitual, de 10.320 euro por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, de 5160 euro por daños que no afecten a la estructura y de 2580 euro por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad», subraya.

Asimismo, los servicios jurídicos hacen referencia a los dos reales decretos leyes de medidas paliativas aprobados por los que se adoptaron medidas urgentes para el impulso del «plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA».

«Estos reales decretos leyes han cuadruplicado el importe máximo de las ayudas mencionadas, simplificando los requisitos que deben acreditar los beneficiarios para percibirlas y estableciendo la posibilidad de obtener un anticipo del 100%», agrega.

Así las cosas, la Abogacía considera que «es evidente que se está procediendo a intentar que toda la zona afectada tenga acceso a los servicios básicos, se está procediendo a la eliminación del agua estancada, al suministro de agua potable en los lugares en los que no hay, así como facilitar el suministro de alimentos y medicamentos. También a la desinfección de zonas».

Por ello, concluye que «acordar una medida cautelar ordenando tales medidas no produciría efecto alguno, en la medida que se está ya ejecutando».

En otro escrito, al que también ha tenido acceso esta agencia de noticias, la Fiscalía ha mostrado su oposición a la medida reclamada por Liberum «por haber desaparecido las razones que las hubieran justificado».

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.