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26/04/2024. 02:32:11

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El Banco Central Europeo podrá verificar la idoneidad de los directivos bancarios con inspecciones sorpresa

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El lento, matizado pero imparable proceso de unión bancaria en el seno de la Unión Europea se está dotando de un marco jurídico en el que el Banco Central Europeo insiste a la Comisión Europea en tener competencias ejecutivas reales sobre todo en lo que respecta a disciplina cotidiana de los bancos que entren en su órbita. A pesar de que el Reglamento está prácticamente hecho, el organismo que dirige Mario Draghi ha pedido el refuerzo de las inspecciones in situ y la capacidad de retirar a los directivos que no cumplan con los criterios necesarios para que las instituciones bancarias europeas funcionen a pleno rendimiento.

Edificio del Banco Central Europeo

Tal y como ya se establece, el Banco Central Europeo para evaluar la idoneidad de los directivos de entidades supervisadas significativas, gozará de las competencias de supervisión atribuidas a las autoridades competentes con arreglo a la legislación nacional y de la Unión aplicable. Ello significa en la práctica que inspectores del BC podrán actuar in situ y sin previo aviso. Sin embargo, el Banco Central Europeo quiere alargar sus competencias para las sanciones: "Puesto que las investigaciones de supuestas infracciones en materia supervisora son más complejas, la facultad de imponer y ejecutar sanciones administrativas en esa materia debe someterse a plazos más largos que los establecidos respecto de (…) funciones distintas de la supervisión", tal y como ha pedido el organismo.

Aunque la Comisión Nacional del Mercado de Valores  no lo haya incluido como objetivo específico en el Plan de actuación de 2014 ni en las líneas generales ni en las instrucciones de Supervisión de entidades que prestan servicios de inversión, el órgano tiene previsto, siguiendo el modelo de otros supervisores europeos y tras obtener el visto bueno del Ministerio de Economía y Competitividad, mandar inspectores de incógnito a ver qué pasa en las sucursales bancarias a pie de calle.

Este punto lo recoge el Plan de actuación 2014 al final de toda una serie de puntos, aunque sin darle ni categoría de objetivo ni un "modus operandi" concreto. El documento sólo dice que se procederá a iniciar los trabajos preparatorios para realizar revisiones, sin identificación previa, en las oficinas de la red comercial de las entidades, orientadas a detectar posibles incumplimientos de las normas de conducta esenciales, cosa que se conoce en otros países como "mistery shopping".

El objetivo de esta iniciativa es doble; según afirma la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Por un lado, supervisar cómo se produce realmente la transmisión de información (distinta de la contractual) al cliente, especialmente la información verbal y, por otro, comprobar el grado de conocimiento de los productos ofrecidos por parte del personal de la red comercial de las entidades.

La realización de esta actividad está condicionada, no obstante, a la aprobación de la reforma de la Ley de Mercado de Valores que, previsiblemente, otorgará a la CNMV mayores competencias de supervisión y mayor grado de autonomía para la contratación de personal.

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