LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

23/07/2025. 00:19:25
23/07/2025. 00:19:25

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

El Consejo de Ministros aprueba un anteproyecto de ley para garantizar el derecho al secreto profesional de periodistas

Europa Press

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley orgánica reguladora del derecho al secreto de los profesionales de la información y de los prestadores de los servicios de medios de comunicación.

Con este anteproyecto, que tendrá que pasar el proceso de audiencia pública, el Gobierno quiere garantizar el derecho al secreto profesional de los periodistas.

De este modo, la ley desarrolla, por primera vez, una protección legal «específica y completa» para el secreto profesional en el ejercicio del derecho a la información, tal y como recoge la Constitución española. En concreto, da cumplimiento al artículo 20.1 d) de la Carta Magna.

«Queremos proteger el trabajo de los profesionales de la información, incluyendo el secreto de sus fuentes y de sus comunicaciones», ha señalado el ministro de Justicia, Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Bolaños ha asegurado que han desarrollado esta norma «de la mano, dialogada y acordadamente con la Federación de Asociaciones de Periodistas Españoles (FAPE), con la Asociación de Periodistas Parlamentarios (APP), con las Federaciones de Sindicatos de Periodistas y con la Federación de UGT y de Comisiones Obreras de Periodistas.

«Hemos hablado con todos ellos, hemos consensuado el texto que hoy en primera vuelta aprobamos para que inicie su tramitación administrativa», ha afirmado.

Con esta norma, el Gobierno pretende favorecer la efectividad del derecho al secreto profesional de los profesionales de la información y de los prestadores de servicios de medios de comunicación, protegiendo la confidencialidad de sus fuentes y dotando de claridad y seguridad jurídica tanto a su contenido como a su ejercicio.

Bolaños ha subrayado que el texto va «absolutamente en línea» con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional, de las recomendaciones del Comité de Ministros a los estados miembros del Consejo de Europa y también del Reglamento Europeo sobre la Libertad de Medios de Comunicación.

Así, la ley regula que los titulares del derecho son los profesionales de la información, los prestadores de servicios de medios de comunicación y su personal editorial y aquellas personas que debido a su relación privada, habitual o profesional con los anteriores también pudieran identificar las fuentes de los periodistas.

La ley regula en qué consiste el secreto profesional

Regula también en qué consiste el secreto profesional, que comprende la facultad de no revelar las fuentes, el canal a través del cual se transmitió la información ni tampoco cualquier otro dato que pueda llevar a la identificación de la fuente del profesional de la información.

Esta norma también contiene los límites a ese ejercicio del derecho, en línea con el Reglamento Europeo. Los jueces y tribunales pueden ordenar la práctica de diligencias para identificar una fuente de información cuando se justifique solo por dos motivos.

El primero, que exista un daño grave e inminente que afecte a la vida, a la integridad física o a la seguridad de alguna persona. O, en segundo lugar, que exista un riesgo grave e inminente para la seguridad nacional o para elementos fundamentales del sistema constitucional.

«En estos casos, el juez puede establecer medidas proporcionales para conocer la fuente de los profesionales de la información. Y solo podrán ser proporcionadas cuando el sacrificio de los derechos no sea superior al beneficio para el interés general y de terceros», ha explicado Bolaños.

El ministro ha añadido que existe también un segundo límite a este derecho, los supuestos en los que jueces y tribunales pueden ordenar la instalación de programas informáticos de vigilancia intrusiva en los dispositivos de los titulares de este derecho.

«Y solo se puede hacer en aquellos ámbitos donde esté así regulado en el Reglamento Europeo y cuando, en virtud del Código Penal Español, dé lugar a una pena privativa de libertad de más de cinco años», ha puntualizado.

Además, el anteproyecto prevé facilitar la implementación de mecanismos de autorregulación de los profesionales de la información, como pueden ser códigos deontológicos o también de buenas prácticas.

«Creemos también que, con esta aprobación de la norma, además de empezar a dar cumplimiento a este compromiso del Plan de Acción por la Democracia, creemos que constituye un hito más en fortalecer la transparencia, la pluralidad y garantizar el derecho a no revelar las fuentes de los profesionales de los medios de comunicación, que en ocasiones se ha visto comprometido», ha advertido Bolaños.

Igualmente, introduce reformas puntuales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley de Enjuiciamiento Civil para que los profesionales de la información puedan acogerse expresamente al secreto profesional cuando declaren como testigos.

Los móviles incautados a periodistas de Mallorca, «un detonante»

El responsable de Justicia, Presidencia y Relaciones con las Cortes ha comentado que la incautación de sus móviles a una periodista de Europa Press y otro de ‘Diario de Mallorca’ fue «un detonante» de la necesidad de desarrollar la norma aprobada este martes.

«Aquellos periodistas a los que se les pidió el listado de llamadas y los dispositivos dio lugar a procedimientos judiciales, incluso contra el propio juez que adoptó esas decisiones. Creo que aquello fue un detonante de la necesidad de que desarrollemos como país lo que ya nos pedía la Constitución en el 78», ha manifestado.

Con esta nueva norma, Bolaños ha asegurado que «no se podrán producir supuestos como aquel que tanta angustia generaron a periodistas» y que el Gobierno quiere «evitar».

«También, con cierta frecuencia, nos encontramos que existen periodistas que están imputados, que están investigados, porque no revelan sus fuentes. Con esta ley orgánica esos supuestos dejarán de darse, aunque sean procedimientos judiciales que ahora suelen terminar en archivos, pero con esta ley orgánica se evitará, incluso, que se inicien esos procedimientos», ha concluido el ministro.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.