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El Supremo determina por sentencia la subida de los impuestos a las instalaciones eléctricas

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El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de la Asociación Española de la Industria Eléctrica contra la creación del Impuesto de Bienes de Características Especiales. Ello representa un beneficio para los ayuntamientos que las albergan, al permitir que se incrementen los tipos hasta el 1,3,% del valor catastral, frente al IBI que tributaba con anterioridad, lo que en algunos casos supone duplicar la recaudación municipal.

El Supremo determina por sentencia la subida de los impuestos a las instalaciones eléctricas

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de las eléctricas contra la creación del Impuesto de Bienes de Características Especiales, una categoría que incluye las centrales hidroeléctricas, que sustituye al IBI en estos casos y permite elevar el tipo impositivo hasta el 1,3% del valor catastral. En la mayoría de los casos, esto supone doblar el gravamen anterior.

Los impuestos de bienes de características especiales se crearon en 2002, con la reforma de la Ley de Haciendas Locales; y ya entonces las eléctricas lo llevaron al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que no les dio la razón.

Ahora, el Supremo, por sentencia, rechaza de nuevo su pretensión, al desestimar el recurso contra el Real Decreto que desarrolla el Texto refundido de la Ley del Catastro, de 2006, que concreta el impuesto. Las centrales habían pedido al Supremo la nulidad total del Real Decreto, y de los artículos 20 y 23 de la Ley del Catastro Inmobiliario, que regulan las actuaciones inspectoras y los criterios de determinación del valor catastral.

El fallo da la razón tanto al Gobierno como a la Federación Nacional de Asociaciones y Municipios con Centrales Hidroeléctricas y Embalses, dirigida desde Lerida y parte codemandada en el litigio. La sentencia beneficiará a 1.188 municipios en España afectados por presas y a otros muchos que acogen bienes especiales como las autopistas.

En la mayoría de los casos, la entrada en vigor del nuevo impuesto llevó a muchos ayuntamientos a subir el tipo impositivo al máximo permitido (1,3%), lo que aumentó la recaudación hasta el doble de la anterior. En conjunto, en 2004, por ejemplo, el organismo de recaudación de la Diputación, que gestiona la mayoría de impuestos locales, puso al cobro los derechos sobre los bienes especiales por más de 2,1 millones de euros. La revisión del Catastro disparó el valor de estos inmuebles hasta un 147% .

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