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24/04/2024. 07:40:43

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DEBERÍA APROBARSE ANTES DE QUE TERMINE ENERO

La Ley de Transparencia tal y como está podría proteger amplios planos de discrecionalidad

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El texto hace predominar el silencio administrativo negativo ante demandas de información de los ciudadanos. Partidos políticos y sindicatos no entran en el ámbito de aplicación de la Ley de Transparencia. PP y PSOE acuerdan dejar fuera también a la Casa Real.

En este mes, y tras varios retrasos, la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados reactivará la tramitación de la Ley de Transparencia. Según parece serán llamadosa comparecer para el análisis y propuesta de mejora del texto Antonio Garrigues Walker, miembro del comité ejecutivo de Transparencia Internacional España, Jesús Lizcano Álvarez presidente de Transparencia Internacional de España, José Luis Rodríguez Álvarez, director de la Agencia Española de Protección de Datos y Emilio Guichot, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla.

Carpetas archivos

Las disposiciones de la Ley relativas a la Transparencia se aplican a las Administraciones y poderes públicos -al Congreso, al Senado, al Tribunal Constitucional, al Consejo General del Poder Judicial-, así como al Consejo de Estado, al Defensor del Pueblo, al Tribunal de Cuentas, al Consejo Económico y Social y a las instituciones autonómicas análogas. Además, como cláusula de cierre, todas las personas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas estarán obligadas a suministrar a la Administración a la que se encuentren vinculadas, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley.

Publicidad activa

Una de las principales novedades de la Ley es el establecimiento de una serie de obligaciones de publicidad activa más amplias que las que contempla actualmente el ordenamiento vigente. Ello supone que los poderes del Estado y las Administraciones Públicas habrán de poner a disposición de la ciudadanía, sin solicitud previa alguna, información cuyo conocimiento se considera de interés y, en particular, información institucional, de organización, de planificación, de relevancia jurídica y de relevancia económica, presupuestaria y estadística: por ejemplo, información relativa a contratos, subvenciones, convenios, retribuciones de los altos cargos, etcétera.

¿Sabe que para Transparencia Internacional en España "la ineficiencia, ineficacia, despilfarro y corruptelas no están suficientemente controladas"?

Portal de la Transparencia

Para cumplir con todas estas obligaciones, se creará el llamado "Portal de la Transparencia", concebido como un único punto de acceso para que el ciudadano tenga a mano, a un golpe de clic, toda la información disponible.

Procedimientos y límites

Cuando la Ley entre en vigor, cualquier ciudadano podrá solicitar la información que desee a las Administraciones Públicas, sin necesidad de motivación y con el único límite de que la petición no en conflicto con otros intereses protegidos. Dado que el acceso a la información puede afectar de forma directa a la protección de los datos personales, la Ley aclara la relación entre ambos derechos estableciendo los mecanismos de equilibrio necesarios.

Para facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la Ley dispone la creación de unidades de información en la Administración General del Estado, con un breve plazo de respuesta. En materia de impugnaciones, se ha añadido una reclamación potestativa y previa a la vía contenciosa, ante la Agencia Estatal de Transparencia, Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios.


Gráfico

Índice de Percepción de la Corrupción 2012 de Transparency International

La Puntuación del IPC correspondiente a un país o territorio indica el grado de corrupción en el sector público según la percepción de empresarios y analistas de país, entre 100 (percepción de ausencia de corrupción) y 0 (percepción de muy corrupto).

Ese régimen sancionador se estructura en tres ámbitos: infracciones en materia de conflicto de intereses, en materia de gestión económico-presupuestaria y en el ámbito disciplinario. Además, se incorporan infracciones derivadas del incumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

La comisión de estas infracciones dará lugar a la imposición de sanciones como la destitución en los cargos públicos, la no percepción de pensiones indemnizatorias, la obligación de restituir las cantidades indebidamente percibidas y la obligación de indemnizar a la Hacienda Pública. Además, se establece la previsión de que los autores de infracciones graves y muy graves no podrán ser nombrados para ocupar determinados cargos públicos durante un periodo de entre cinco y diez años, y se ha incluido un régimen de prescripción propio de las infracciones y sanciones previstas que amplía el régimen general precisamente por la gravedad de las conductas tipificadas.

Además, en una ley orgánica complementaria de esta ley que modificará el Código Penal y la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, se tipificarán infracciones para castigar las conductas más graves que sean merecedoras de sanciones penales, incluida la pena de prisión, y se contemplará como causa de inelegibilidad el haber sido sancionado por la comisión de una infracción muy grave de las previstas en la Ley de Transparencia.

Calidad y simplificación normativa

En las disposiciones transitorias de la Ley se prevé que todas las Administraciones Públicas habrán de acometer una revisión, simplificación y, en su caso, una consolidación normativa de sus ordenamientos jurídicos. La inclusión de tal propósito en la norma, que se traducirá en un Plan Nacional de Calidad y Simplificación Normativa, contribuirá a generar una mayor transparencia en el ámbito jurídico y a reducir la considerable confusión que siente el ciudadano ante la enorme cantidad de leyes que hay en nuestro país.

Declaraciones de bienes

En esas mismas disposiciones, se amplían las obligaciones en materia de publicidad de los bienes y derechos los miembros del Gobierno a todos los Altos Cargos de la Administración General del Estado.

Sueldos en las entidades locales

Por último, se contempla que las leyes de Presupuestos Generales del Estado establecerán cada año el baremo al que habrán de ajustarse las retribuciones de los miembros de los órganos de gobierno de las Entidades Locales atendiendo al tipo de entidad local de que se trate, así como a criterios objetivos de población, circunstancias socio-económicas del entorno y otras de carácter administrativo.

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