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29/03/2024. 03:25:38

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Los ayuntamientos podrán seguir invirtiendo su superávit en nuevos servicios públicos

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Las entidades locales con superávit en el ejercicio 2017 seguirán estando autorizadas a realizar inversiones financieramente sostenibles sin esperar a la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de este año. Esta posibilidad se abre después de que el Consejo de Ministros aprobara el pasado viernes un Real Decreto-ley por el que se prorroga para 2018 la posibilidad de que las Corporaciones Locales puedan destinar parte de su superávit a realizar Inversiones Financieramente Sostenibles (IFS).

Íñigo Méndez de Vigo

La norma aprobada y que ya ha sido publicada en el BOE, es el Real Decreto-ley 1/2018, de 23 de marzo, por el que se prorroga para 2018 el destino del superávit de las corporaciones locales para inversiones financieramente sostenibles y se modifica el ámbito objetivo de éstas. Su aprobación ha estado precedida del acuerdo alcanzado con la Federación Española de Municipios y Provincias para que las Corporaciones Locales puedan seguir invirtiendo el superávit que mantienen desde 2012.

Según informó el Ejecutivo al término del Consejo de Ministros, a consecuencia del retraso que acumula la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, es aconsejable dar curso a la prórroga "para que las Corporaciones Locales puedan seguir invirtiendo el superávit que mantienen desde 2012".

Como es sabido, la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece que el superávit alcanzado por las distintas administraciones públicas debe ir destinado a la reducción del nivel de endeudamiento neto. Sin embargo, desde el año 2014 las Entidades Locales que están saneadas financieramente y cuyo periodo medio de pago es igual o inferior al plazo máximo establecido en la normativa de morosidad pueden destinar también parte de ese superávit a realizar inversiones que sean financieramente sostenibles a lo largo de la vida de la inversión y en determinados servicios públicos esenciales. El Gobierno decidió establecer esa regla especial para ayuntamientos y diputaciones como reconocimiento al esfuerzo realizado, y desde entonces se ha venido prorrogando anualmente con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado.

Ampliación de las inversiones financieramente sostenibles

La principal novedad de este Real Decreto-ley es que se amplían los servicios públicos en los que podrán realizarse estas Inversiones Financieramente Sostenibles, que no computan en la regla de gasto y con las cuales se trata de evitar la generación de gastos no financieros futuros que puedan ser fuente de déficit. El objetivo es poder mejorar la prestación de estos nuevos servicios públicos esenciales para la comunidad y hacer un mayor uso del superávit, siempre que sea racional y no genere déficit al final del ejercicio.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el titular de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro, detalló las nuevas categorías de inversión incluidas en el concepto de IFS: seguridad y orden público, protección civil, servicios de prevención y extinción de incendios, asistencia social primaria, creación y funcionamiento de centros docentes de enseñanza infantil y primaria y educación especial, bibliotecas y archivos, equipamientos culturales y museos e instalaciones deportivas.

Revisión de la autorización administrativa

El Real Decreto-ley modifica el régimen de autorización administrativa previa para determinadas inversiones, reduciendo el número de casos en los que se hace necesaria. En concreto, se incrementa de 10 a 15 millones de euros el importe a partir del cual se requerirá autorización administrativa previa para proyectos de inversión de determinados grupos de programas, o, alternativamente que éstos supongan más del 40% de los gastos no financieros de la Entidad Local, siempre que, en cualquiera de esos casos, se incremente el gasto de personal o el de compras de bienes y servicios como consecuencia de la inversión. En estos casos, se deberá solicitar autorización a la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

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