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25/04/2024. 12:57:49

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Reformas procesales a la europea

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Se ha aprobado el Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que facilita la aplicación en España de los procesos europeos Monitorio y de Escasa Cuantía. Ello supone un acercamiento a los instrumentos que, con igual propósito de tutelar los créditos, se han ido implantando por la Unión Europea estos últimos años. Al propio tiempo, se han introducido en el derecho interno algunos principios que inspira el Derecho comunitario, de cara a aproximar la legislación nacional a la europea.

Distintas bandera de europa alzadas en distintos mástiles

Los procesos Monitorio y de Escasa Cuantía europeos se pusieron en marcha para los Estados miembros en 2008 y 2009, respectivamente.

Estos dos procesos tienen aplicación únicamente en litigios transfronterizos. Sin embargo, el hecho de que algunas normas sean más ventajosas que las que incluye la legislación nacional lleva a introducir las modificaciones que permitan que el acreedor residente en España no esté en peor condición que el acreedor residente en otro país de la Unión Europea cuyo deudor está en España.

El proceso Monitorio se regula a través del Reglamento 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006. El de Escasa Cuantía, en el Reglamento 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo.

En la legislación comunitaria, el proceso Monitorio europeo aparece como una vía de reclamación transfronteriza de créditos pecuniarios no impugnados, y el de Escasa Cuantía, por su parte, permite cualquier tipo de demanda cuando su valor, excluidos los intereses, gastos y costas, no rebase los 2.000 euros. Precisamente uno de los cambios que vienen en la Ley de Enjuiciamiento Civil va a ser la elevación de 900 a 2000 euros la cantidad para la que no es precisa la intervención de abogado y procurador.

Ambos procesos comprenden únicamente reclamaciones en asuntos civiles y mercantiles, de acuerdo con las normas de la Unión Europea, que comprenden supuestos como el contrato de trabajo, que en el derecho español no se incluyen dentro del Derecho Civil o Mercantil.

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