
La inteligencia artificial (IA) ha evolucionado rápidamente en la última década, hasta el punto de que en muchos ha generado el miedo, a veces infundado, de que CHATGPT va a hacer que pierdan su puesto de trabajo.
Entre los sectores más amenazados por este auge encontramos a aquel al que pertenecen los actores de doblaje, directores, productores, traductores y otros profesionales involucrados en la creación de contenidos doblados, pues ven cómo, a través de la IA, se puede crear una voz sintética para realizar el doblaje, sin necesidad de contratar a profesionales de la voz.
En concreto, estudios de cine y de televisión han incurrido en la práctica consistente en suministrar grabaciones de voz a la IA, a fin de que esta aprenda y sea capaz de sintetizar una voz con un timbre, entonación o melodía prácticamente indistinguible del que aparece en la grabación suministrada.
Actuares como este, provocaron la huelga que el sindicato de actores de Estados Unidos convocó en julio de 2023 y que tuvo en jaque a la mayoría de las producciones de cine y televisión durante los 118 días que duraron las protestas. Su objetivo era obtener una mayor regulación de la IA y que ésta no se pudiera emplear para reemplazar el trabajo de los actores, salvo que se contara con su consentimiento a los antedichos efectos.
En España, la Plataforma de Asociaciones y Sindicatos de Artistas de Voz (PASAVE), con el respaldo de muchos profesionales del sector, exigió la inclusión de una cláusula en todos los contratos para impedir a las productoras utilizar las voces o tonos de sus profesionales en otros productos que no fuesen los específicamente estipulados en el contrato. El fin de la incorporación de este tipo de cláusulas era claro, otorgar protección a la obra creativa de cualquier profesional del doblaje: su voz.
Ahora bien, ¿debe considerarse la voz de un actor su propiedad intelectual?
La voz en sí misma no está protegida por derechos de autor, ya que la Ley de Propiedad Intelectual establece que estos derechos solo se aplican a obras de carácter literario, artístico o científico. Al tratarse de un rasgo natural y personal, la voz no se considera una obra protegible y, por tanto, no puede registrarse ni genera derechos de autor por sí sola.
No obstante, lo que sí puede estar protegido son las grabaciones de voz cuando forman parte de una obra fonográfica. En estos casos, los derechos de autor recaen sobre la grabación en su conjunto, que puede incluir la voz del intérprete, la música y cualquier otro elemento que componga el contenido sonoro, como ocurre en canciones, podcasts o audio-dramas.
Entonces, de alimentar a la inteligencia artificial con una grabación de voz protagonizada por un actor de doblaje, estaríamos ante un caso en el que su autor podría verse vulnerado en su derecho a autorizar o prohibir la reproducción de su obra.
Pero, ¿quién es el autor de la grabación?
La autoría de una obra audiovisual es un tema muy debatido que presenta contrastes muy importantes en función del sistema legislativo que apliquemos.
Así, por ejemplo, en Estados Unidos la regla general es que, cuando una obra audiovisual es creada en virtud de una relación laboral o de un encargo, la persona para la que fue creada es considerada autor y titular de todos los derechos de autor.
Mientras tanto en la legislación española existe una lista cerrada de varios coautores (el director-realizador, el guionista y el compositor de la música), que serán los únicos titulares originarios de la obra que puedan reclamar, en su caso, la protección de su derecho.
No perteneciendo el actor de doblaje a ninguna de las categorías antes mencionadas, sino más bien a la de intérprete o ejecutante, es discutible que su trabajo esté protegido desde la perspectiva de los derechos de propiedad intelectual.
Por lo tanto, parece que la mejor opción de los profesionales del doblaje es forzar a los estudios la inclusión de cláusulas como las propuestas por PASAVE, esto es, aquellas que establecen la prohibición de utilizar su voz para el entrenamiento de sistemas de inteligencia artificial, o esperar la entrada en vigor de una nueva regulación que afronte la rápida evolución de la IA en este ámbito.