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29/03/2024. 16:46:18

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El rol del asesor externo en mediación comercial

Abogado del departamento de litigación y arbitraje de Cuatrecasas, Secretario General del Centro de Mediación Fide y Profesor de ICADE.

Manos saludo

El asesor externo debe preguntarse qué espera su cliente ante el surgimiento de un conflicto, qué va a aportar para solucionarlo y cómo va a generar una solución eficiente a sus problemas.

Los clientes exigen que sus asesores externos sean capaces de replantarse sus estrategias y que afronten los desafíos legales con una mirada amplia, que se aparte, en ocasiones, de la tradicional respuesta jurídica que muchas veces es incierta y tardía.

El rol del asesor externo se transforma y debe ser capaz de adaptarse al cambio. En este artículo apuntaré en seis pasos por qué su intervención para la resolución del conflicto es insustituible.

El abogado externo tiene una primera intervención relevante: asesorar a su cliente sobre cuál es el método de resolución del conflicto que resulta más adecuado a las necesidades de su cliente. Para ello, el abogado tiene que analizar distintos aspectos: (i) asunto y tipo de conflicto; (ii) perfil de su cliente; (iii) voluntad de su cliente en participar activamente en la resolución del asunto; (iv) los hechos relevantes para la resolución del conflicto; (v) identificar y valorar las pruebas con que cuenta su cliente; (vi) anticiparse, en la medida de lo posible, a los argumentos y medios probatorios de la parte en conflicto y (vii) analizar la viabilidad del caso si se opta por una vía de confrontación, ya sea judicial o arbitral. Esta labor solo la pueden realizar los abogados y es una tarea fundamental, de indudable valor añadido.

Cuando el abogado concluye con su cliente que sería conveniente acudir a mediación, el abogado tiene una segunda intervención relevante: debe explicar a su cliente en qué consiste la mediación, sus caracterísiticas fundamentales, cuál es el papel del mediador y su rol durante la mediación. Igualmente, el abogado debe preparar la mediación, ofrecer la mediación a la otra parte, seleccionar la institución administradora de la mediación y elegir al mediador. El rol del abogado es fundamental en esta fase. A nadie escapa que su formación específica y su experiencia en mediación le ayudarán a (i) seleccionar la institución de mediación; (ii) proponer una persona mediadora o, al menos, el perfil de la misma; y (iii) redactar los documentos mínimos necesarios para garantizar la posición de su cliente durante el proceso de mediación.  En caso de mediación intrajudicial deberá acompañar a su cliente a la sesión informativa y articulará, cuando se haya iniciado un procedimiento judicial sobre el conflicto objeto del proceso de mediación, cuantas actuaciones se encuentran previstas en la normativa de aplicación en lo referente a la solicitud al órgano judicial de derivación del proceso a mediación, suspensión de plazos o solicitud de declinatoria.

Una vez que las partes han convenido acudir a mediación, el abogado tendrá su tercera intervención relevante durante el proceso de mediación. Será quien prepare la documentación que se compartirá con el mediador, ayudará a su cliente a preparar la presentación inicial y le asistirá activamente durante todo el proceso. En este sentido, el abogado participará, entre otros, en la redacción del acta de constitución de la mediación, en el acuerdo de confidencialidad y en la preparación de los escritos procesales necesarios para la suspensión del procedimiento judicial o arbitral, si fuera el caso.

Pero su intervención va más allá, tiene un cuarto papel relevante durante las sesiones de mediación. El abogado cuidará la relación con el mediador y colaborará con él para el mejor desarrollo del proceso de mediación: alentando la participación central de su cliente y motivando a su cliente para involucrarse lo máximo posible en las conversacionnes y en el proceso de toma de decisiones.

Sin lugar a dudas, el abogado ayudará a su cliente. Es habitual que durante las sesiones de mediación sea necesario ajustar el asesoramiento original al entender las preocupaciones de la contraparte, al oír su versión de los hechos. Es frecuente que la información que se comparte durante las sesiones de mediación cambie en algo la perspectiva inicial de la disputa y de nuestro cliente y ahí el abogado debe estar atento. Su cliente necesitará que analice y contribuya con opciones de acuerdo, con aspectos prácticos, con posibles riesgos no evaluados, posibles problemas legales no advertidos en origen. Su quinta intervención es vital: apoyará a su cliente en el análisis y la evaluación de los riesgos, la idoneidad y las consecuencias jurídicas de alcanzar o no un acuerdo durante el proceso de mediación.

Finalmente, el abogado externo tendrá una sexta intervención relevante: garantizar un tratamiento adecuado y una correcta articulación jurídica del acuerdo final alcanzado. En efecto, el abogado tendrá un papel muy relevante en la redacción jurídica del acuerdo final, de manera que refleje fielmente lo pactado entre las partes. Existen muchas cuestiones técnicas que solo pueden ser garantizadas por un abogado, como por ejemplo: (i) instar la homologación judicial de los acuerdos alcanzados; o (ii) asesorar al cliente sobre cómo configurar el acuerdo como título ejecutivo.

En conclusión, la intervención del  asesor externo es fundamental para que la mediación sea un éxito. De ahí que resulte conveniente que los abogados se formen específicamente en mediación y en técnicas de negociación y comunicación. De esta manera ofrecerán un servicio integral para la gestión del conflicto que será muy valorado por sus clientes.

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