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16/04/2024. 20:23:23

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Las polémicas series biográficas: Derecho al honor VS libertad de creación

Legal Trainee - ADR Abogados

The Crown

Recientemente ha surgido una gran polémica frente a la aclamada serie The Crown de Netflix, puesto que el Gobierno Británico solicitó que se incluyese en cada capítulo un aviso que aclarase que se trata de una obra de ficción. Algo a lo que Netflix se negó en rotundo.

El Secretario de Estado de Cultura del Gobierno Británico, Oliver Dowden, declaró para el periódico Mail on SundayEs una maravillosa obra de ficción, pero como otras producciones televisivas, Netflix debería ser muy claro desde el principio en que es solamente eso y nada más. Sin hacerlo, me temo que toda una generación de espectadores que no vivió esos eventos puede confundir la ficción con la realidad”.

La plataforma de streaming respondió contundentemente en Hollywood reporter de la siguiente forma “Siempre hemos presentado ‘The Crown’ como un drama, y tenemos plena confianza en que nuestros miembros entienden que es una obra de ficción basada ampliamente en eventos históricos. Por ello, no tenemos planes ni vemos la necesidad de añadir un aviso”.

The Crown reabre el eterno debate acerca de los biopics, género cinematográfico que se caracteriza por dramatizar la biografía de un personaje público.

Por un lado, están los que opinan que un biopic debe ser fiel a la realidad de los hechos. Y por otro lado, quienes entienden que al tratarse de una dramatización pueden permitirse ciertas licencias creativas con el fin de entretener a la audiencia.

Pero es que esto último no significa que haya una libertad total para crear una obra audiovisual acerca de un personaje público. Puesto que entran en conflicto derechos como la libertad de expresión, de información y creación frente a otros derechos fundamentales como son el derecho al honor, a la intimidad y a la imagen.

Para ponderar estos derechos, nuestra jurisprudencia tiene en consideración dos elementos:

  • Un primer elemento que sería la recognoscibilidad por el espectador de los hechos narrados en la película y de las personas a que responden los personajes de la obra. 
  • Y un segundo elemento que sería el tratamiento más creativo o, por el contrario, más fidedigno, a los hechos y personas reales sobre los que versa la obra, de modo que el destinatario de la misma pueda calibrar si existe un mayor o menor distanciamiento de la realidad.

En cuanto al primer elemento, el Tribunal Constitucional entiende que el “ejercicio del derecho fundamental a la producción y creación literaria que, como tal, protege la creación de un universo de ficción que puede tomar datos de la realidad como puntos de referencia, sin que resulte posible acudir a criterios de veracidad o de instrumentalidad para limitar una labor creativa y, por lo tanto, subjetiva”. (STC núm. . 51/2008 de 14 de abril caso “El jardín de Villa Valeria”)

Y en lo que se refiere al segundo elemento, habrá que analizar individualmente cada biopic y determinar cuál es el tratamiento que da a los hechos reales.

En esta misma línea jurisprudencial, el Tribunal Supremo en la sentencia núm. 441/2014, de 29 de julio entendió en el famoso caso del Crimen de los Marqueses de Urquijo, que trata la colisión entre el derecho al honor y la creación artística y de información, la prevalencia de estos últimos al concluir que los hechos eran veraces y las licencias creativas que tomaron los creadores de la película estaban justificadas para poder narrar los hechos de una forma más amena.

Para ello tomó como referencia las consideraciones que realizó el Tribunal Constitucional en la sentencia núm. 34/2010 de 19 de julio que establece  […] los autores de la película pretendieron realmente hacer llegar a los espectadores su versión e interpretación de unos hechos reales y recientes, utilizando la forma dramática y sus consecuentes licencias creativas para hacer más accesible y amena la información.

En cambio, si la película o serie se ciñe exclusivamente a los hechos, acercándose así más al género documental, este deberá de ser fiel a estos hechos y no podrá tomarse tantas licencias creativas.

Pero esto no quiere decir que se permita todo. Nuestros tribunales no permiten que se crean nuevas realidades con el fin de injuriar o calumniar por muy personajes públicos que sean. Como ocurrió con Isabel Pantoja y su biopic Mi gitana, en el cual el juzgado determinó que hubo una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad.                

En definitiva, todos estos problemas se solventarían recabando el consentimiento de la persona afectada, algo que desde luego no será nada fácil para estos casos. Por lo tanto, habrá que realizar una adecuada ponderación entre los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen, por una parte, y los derechos de libertad de expresión, información y creación, por otra parte.

Y es que los Biopics nunca van a estar libres de polémicas. Y parece que The Crown es el que más ampollas ha levantado… desde el gobierno británico ante la negativa de Netflix, advierten que quizás ya es hora de replantearse la regulación de los servicios de video on demand.

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