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29/03/2024. 07:53:54

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El nuevo sistema de aplicación del IVA en el comercio electrónico

Socio Director del departamento Fiscal en Galán & Asociados

El comercio electrónico y la aplicación del IVA correspondiente a cada una de sus transacciones va a sufrir cambios muy significativos a partir del próximo 1 de julio, precisamente con la entrada en vigor del Real Decreto 7/2021 que introduce la normativa europea al ordenamiento jurídico español. Estos cambios tienen como objetivo clarificar su aplicación, simplificar la gestión y reducir la ventaja competitiva que tenían los operadores comerciales on line que realizaban sus actividades fuera del ámbito comunitario.

Uno de los principales cambios que armoniza el pago del IVA tiene que ver con la aplicación del tipo correspondiente y a qué territorio de vincula. Hasta julio, cada estado miembro de la UE establecía los límites de tributación para aplicar el tipo de destino u origen. Ahora se fija un umbral único de 10.000 euros anuales para toda la Unión Europea (no por cada Estado). Por debajo de esta cantidad se seguirá pagando el IVA del país de origen de la mercancía y no del destino. Esto supone a los operadores de ecommerce conocer los diferentes tipos de IVA de cada país, pero se establece un sistema que simplifica la gestión con la creación de una ventanilla única para su pago. Esta ventanilla única, de tramitación online, ofrece la posibilidad a las empresas de realizar una única declaración y se evita el registro para hacer frente a los distintos IVA en cada país donde opere y comercialice.

A partir de julio, también los marketplaces, en determinados supuestos, serán los encargados de la recaudación y abono del IVA, y se convertirán en gestores de este tributo, gracias a la consideración de que el cliente final no será el importador – como venía ocurriendo hasta ahora – sino el agente intermediario que realiza la transacción. Ello supone que los diferentes marketplaces tendrá que repercutir el IVA en la oferta de sus productos.

Un paso más de calado en esta normativa es la limitación de la ventaja competitiva que disfrutaban las importaciones de países ajenos a la Unión Europea de los denominados productos de escaso valor, por debajo de los 22 euros, que estaban exentos de IVA. Esta condición se elimina para igualar las condiciones de competencia entre marketplaces comunitarios y extracomunitarios. Los ecommerces tendrá que pagar IVA de todos los productos, indistintamente del precio, aunque se sigue manteniendo la exención aduanera para las importaciones inferiores a los 150 euros.

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