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28/03/2024. 22:00:27

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Europa decide sobre el futuro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en España

abogada de Díaz-Bastien & Truan Abogados

Se ha resuelto hace escasos días, a instancia de la Comisión Europea, la posible vulneración por parte del Reino de España de las obligaciones relativas al derecho de libre circulación de personas y capitales como consecuencia de las diferencias establecidas en el trato fiscal diferenciado entre residentes y no residentes en la legislación reguladora del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en España.

Tribunal de Justicia de la UE

El fundamento de tal resolución del más alto Tribunal de la Unión Europea se encuentra en la aplicación a los residentes en territorio español de reducciones, escalas de gravamen, coeficientes, deducciones y bonificaciones autonómicas en el impuesto de sucesiones y donaciones, fundamentalmente como consecuencia de la cesión de competencias en materia tributaria a favor de las Comunidades Autónomas.

En el ámbito de esta cesión, las Comunidades Autónomas han aprobado reducciones, deducciones y bonificaciones propias que suponen, en determinados territorios, un claro beneficio fiscal aplicable, exclusivamente, a los residentes e inmuebles situados en ese territorio autonómico español. Sirva como ejemplo la Comunidad de Madrid, cuya legislación contempla una bonificación de la cuota tributaria del 99% aplicable en las sucesiones y donaciones entre familiares en línea recta.

La decisión adoptada en esta reciente sentencia del TJUE es que la legislación estatal, al limitar la aplicación de la normativa de las diferentes Comunidades Autónomas a los residentes en España e inmuebles situados en territorio español, permite un trato diferente a los sujetos pasivos en función de su residencia, aun cuando se encuentren en una situación comparable, lo que constituye una restricción de la libre circulación de capitales y, consecuentemente, una vulneración de la normativa comunitaria.

La relevante consecuencia que se deriva de esta sentencia es que, España deberá modificar la normativa reguladora del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a fin de eliminar las diferencias señaladas por el TJUE en el trato fiscal que reciben los residentes respecto de los que no lo son.

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