
Como es sobradamente conocido, con efectos desde el 1 de enero de 2015 el régimen jurídico del Impuesto sobre Sociedades (IS) está constituido por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre , del Impuesto sobre Sociedades (LIS) y por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio , por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS).
Tras la reforma introducida por la Ley 28/2014 la norma fiscal se separa de la contabilidad en aquellos instrumentos financieros que mercantilmente representan participaciones en el capital o fondos propios de entidades y que, sin embargo, contablemente tienen la consideración de pasivo financiero. A tal efecto adquieren la consideración como participación en el capital (dividendos), a los efectos fiscales, los gastos financieros o retribuciones de los instrumentos híbridos (acciones sin voto y similares) o los préstamos financieros.
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